DECRETO 317/1997, de 24 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana. [0212]    

SecciónIII - Convenios y Actos
Rango de LeyDecreto

DECRETO 317/1997, de 24 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana. [98/A0212] El Real Decreto Legislativo 1.163/1986, de 13 de junio, por el que se modifica la Ley 42/1975, de 19 de noviembre, de Desechos y Residuos Sólidos Urbanos, atribuye a las comunidades autónomas la competencia de elaboración de planes de gestión de estos residuos en su ámbito territorial, que serán de obligado cumplimiento para las entidades públicas y privadas. El Decreto 202/1997, de 1 de julio, del Gobierno Valenciano (DOGV 3.031, de 9 de julio), reguló la tramitación y aprobación del Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana. Cumplidos los trámites requeridos por el artículo 2 de dicho decreto, ya que, como más significativos, el Proyecto de Plan Integral de Residuos fue aprobado inicialmente por la Resolución de fecha 14 de julio de 1997, del conseller de Medio Ambiente (DOGV 3.036, de 16 de julio); sometido a información pública y a audiencia de los organismos en este artículo establecidos; estudiadas las alegaciones presentadas en ambos trámites, e introducidas, en función de las mismas, determinadas modificaciones, y aprobado provisionalmente por la Resolución de fecha 5 de diciembre de 1997, del conseller de Medio Ambiente, procede su aprobación mediante un decreto del Gobierno Valenciano. En su virtud, a propuesta del conseller de Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno Valenciano en la reunión del día 24 de diciembre de 1997, DISPONGO Artículo único Aprobar el Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana, el cual será enviado a las Cortes Valencianas para su conocimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera Se faculta al conseller de Medio Ambiente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente decreto. Segunda El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Valencia, 24 de diciembre de...

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