DECRETO 187/2011, de 2 de diciembre, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de grado en la Universidad Cardenal Herrera-CEU.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyDecreto

El rector de la Universidad Cardenal Herrera-CEU ha solicitado autorización para implantar, a partir del curso 2011-2012, las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en Marketing, que serán organizadas e impartidas por la Facultad de Derecho, Empresa y Ciencias Políticas, en el campus de Alfara del Patriarca.

El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior fue informado de la propuesta de implantación de las nuevas enseñanzas en su sesión de 6 de abril de 2011.

La Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP) ha emitido el preceptivo informe, con resultado favorable.

El correspondiente plan de estudios ha sido verificado por el Consejo de Universidades.

Por ello, vistos los artículos 12.2 y 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el artículo 3.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; y el artículo 37 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano, a propuesta del conseller de Educación, Formación y Empleo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 2 de diciembre de 2011,

DECRETO

Artículo 1 Autorización de enseñanzas

Se autoriza a la Universidad Cardenal Herrera-CEU la implantación, en el curso 2011-2012, de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Marketing, que serán organizadas e impartidas por la Facultad de Derecho, Empresa y Ciencias Políticas, en el campus de Alfara del Patriarca.

Artículo 2 Inscripción en el registro y sus efectos

La presente autorización se pondrá en conocimiento del Ministerio de Educación al efecto de que éste eleve al Gobierno la propuesta para el establecimiento del carácter oficial del título y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Artículo 3 Publicación del plan de estudios

Tal como prevé el artículo 35.4 de la Ley Orgánica...

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