DECRETO 61/1998, de 5 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la constitución del Consejo de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales de la Comunidad Valenciana y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales. [1998/3954]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 61/1998, de 5 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la constitución del Consejo de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales de la Comunidad Valenciana y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales. [1998/X3954] El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en su artículo 31, apartado 22, confiere a la Generalitat Valenciana, competencia exclusiva en materia de colegios profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución española. La Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana, dispone en su artículo 14.1, que cuando en el territorio de la Comunidad Valenciana se constituyan o existan dos o más colegios profesionales de la misma profesión, éstos constituirán un consejo valenciano de colegios profesionales, en el que se deberán integrar todos los colegios profesionales del territorio de la Comunidad Valenciana de la misma profesión. Por su parte, en el citado artículo 14.2 se establece que el Gobierno Valenciano, mediante Decreto, aprobará la constitución de los consejos valencianos de colegios profesionales con ámbito de actuación en la Comunidad Valenciana. Los Colegios Profesionales de Titulados Mercantiles y Empresariales de Valencia, Castellón y Alicante adoptaron acuerdo de constitución del Consejo de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales de la Comunidad Valenciana, solicitando su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales. Por todo ello, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 35 c) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, en relación con lo preceptuado en el Decreto 30/1997, de 26 de febrero, del Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Presidencia y previa deliberación del Gobierno Valenciano en la reunión del día 5 de mayo de 1998, DISPONGO Artículo 1 Se aprueba la constitución e inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales, del Consejo de Colegios de Titulados...

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