DECRETO 151/2002, de 10 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se suspende la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de Sagunto en el ámbito territorial objeto del proyecto del plan especial de usos e infraestructuras de la Ciudad de las Artes Escénicas de la Generalitat Valenciana en Sagunto. [2002/F9754]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes
Rango de LeyDecreto

DECRETO 151/2002, de 10 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se suspende la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de Sagunto en el ámbito territorial objeto del proyecto del plan especial de usos e infraestructuras de la Ciudad de las Artes Escénicas de la Generalitat Valenciana en Sagunto. [2002/F9754]

El conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la Resolución de 23 de agosto de 2002, sometió a información pública el proyecto del plan especial de usos e infraestructuras de la Ciudad de las Artes Escénicas de la Generalitat Valenciana en Sagunto, que ordenará los usos y las actuaciones urbanísticas a desarrollar en el ámbito del área de reserva de terrenos delimitada para el patrimonio público de suelo de la Generalitat Valenciana y su entorno cultural.

La implantación de la Ciudad de las Artes Escénicas en Sagunto constituye uno de los grandes proyectos que el Gobierno Valenciano, en materia de política cultural, está impulsando para la promoción del patrimonio cultural valenciano. La puesta en funcionamiento de este parque cultural destinado a crear un centro de investigaciones y representaciones escénicas de carácter internacional, en un entorno ambiental de calidad, correctamente integrado en la ciudad de Sagunto, avalada por su tradicional Teatro Romano, requiere de una ordenación urbanística singular que dote a este espacio público y a su conjunto arquitectónico de manifiesto valor cultural, que abarca la rehabilitación integral de las naves e instalaciones de la antigua factoría de Altos Hornos del Mediterráneo, de las condiciones más favorables para el desarrollo de las actividades a realizar en este equipamiento educativo-cultural de la Generalitat Valenciana de especial relevancia territorial. Con el fin de preservar la viabilidad de la nueva ordenación a establecer en el citado plan especial de usos e infraestructuras de la Ciudad de las Artes Escénicas de Sagunto, actualmente en tramitación, al haberse agotado los plazos de suspensión de licencias, y previa audiencia del municipio afectado, se considera estrictamente necesario suspender por decreto la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de Sagunto en el ámbito territorial afectado, hasta tanto no entre en vigor el nuevo plan especial en tramitación, estableciendo un régimen urbanístico aplicable transitoriamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57.1.d) de la Ley 6/1994, de 15...

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