Notificación de la sentencia dictada en el juicio de divorcio contencioso número 35/2011.

SecciónIV - Administración de Justicia
EmisorJuzgado de Violencia sobre la Mujer número 03 de Valencia

Divorcio contencioso 000035/2011 L

Demandante: Amparo Adán Roca.

Procuradora: Isabel Farinós Sospedra.

Abogado/a: -

Demandado: Manuel Fernández Cabezudo.

Por el presente, hago saber:

Que en los autos de divorcio contencioso, seguidos con el número 000035/2011, a instancia de Amparo Adán Roca contra Manuel Fernández Cabezudo, en situación de rebeldía, en los que, en fecha 15 de febrero de 2012, ha recaído sentencia, en la que en su parte dispositiva dice así:

Sentencia número 10/2012

Jueza que la dicta: Herminia Luisa Rangel Lorente. Lugar: Valencia, 15 de febrero de 2012.

Parte demandante: Amparo Adán Roca.

Abogada: M.ª Dolores Ortiz Bermejo. Procuradora: Isabel Farinós Sospedra.

Parte demandada: Manuel Fernández Cabezudo. Objeto del juicio: divorcios no consensuados.

Fallo

Que estimando la petición formulada por la procuradora Isabel Farinós Sospedra, en nombre y representación de Amparo Adán Roca, contra Manuel Fernández Cabezudo, debo declarar y declaro el divorcio de dichos cónyuges y la disolución del matrimonio que habían contraído, estableciendo las siguientes medidas:

1. Las hijas menores de edad quedaran en compañía y bajo la custodia de Amparo Adán Roca, si bien la patria potestad continuará ejercitándose de modo conjunto por ambos padres.

2. Se reconoce, al progenitor que no convive habitualmente con las hijas menores, el derecho de visitarlas, comunicar con ellas y tenerlas en su compañía; en el presente caso se acuerda que las visitas se realicen en el punto de encuentro bajo la modalidad de tutela.

3. En concepto de pensión alimenticia, Manuel Fernández Cabezudo abonará a Amparo Adán Roca la cantidad de 100 euros mensuales por sus dos hijas por meses anticipados, en 12 mensualidades al año, y dentro de los cinco días de cada mes. Dicha cantidad será actualizada con efectos de 1 de enero de cada año, con arreglo a la variación experimentada por el índice de precios al consumo, establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya. Igualmente sufragará el esposo la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan durante la vida de los hijos, previa notificación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo para su aprobación, y caso de no ser aceptado resolvería el Juzgado.

4. La vivienda que fue domicilio familiar quedará en uso y disfrute de las hijas menores de edad, en compañía de Amparo Adán Roca.

5. La presente sentencia, una vez que sea firme, ha de producir además la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR