ORDEN 1/2013, de 31 de enero, de la Conselleria de Gobernación y Justicia, por la que se regula el Registro de Sedes Festeras Tradicionales, la declaración responsable sobre su tipología y el modelo de cartel identificativo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Gobernación y Justicia
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Decreto 28/2011, de 18 de marzo, del Consell, aprobó el Reglamento por el que se regulan las condiciones y tipología de las sedes festeras tradicionales ubicadas en los municipios de las Comunitat Valenciana (DOCV 6485, 22.03.2011). Esta norma fue objeto de modificación por Decreto 92/2012, de 1 de junio (DOCV 6789, 05.06.2012).

Este decreto 28/2011 establece en su artículo 2 la tipología de sedes basada en el contenido y actividades a realizar en las mismas. En concreto, se consideran tres tipos de sede: tipo A, tipo B y tipo C, en función, respectivamente, de si se efectúan actuaciones de mera gestión, actuaciones directamente relacionadas con la fiesta (comidas hermandad, preparación de actos, ensayos, etc.) o si son establecimientos abiertos a la pública concurrencia.

En este marco, la clasificación de estas sedes según la tipología indicada tiene una serie de consecuencias que afectan a lo que se puede efectuar en su ámbito así como, indirectamente, a la repercusión que dicha actuación va a tener respecto a los vecinos y ciudadanos en general.

La identificación de las sedes festeras de forma indubitada y fácilmente visible para todos los interesados se predica, en consecuencia, como una necesidad. Una necesidad exigible tanto a efectos formales de conocimiento público como en cuanto a la constancia de las actividades que en aquellas se pueden o no efectuar.

Procede, en consecuencia, determinar de un modo oficial y válido para todas las sedes festeras tradicionales ubicadas en la Comunitat Valenciana tanto el registro de las mismas, la forma de su identificación así como el procedimiento de comunicación entre los interesados y los ayuntamientos en cuyo término municipal se ubique dicha sede.

Tanto la inclusión en el Registro como la publicidad formal a través de un cartel específico, tendrán carácter obligatorio y obedecerán a criterios de publicidad e información. En concreto, el Registro se perfila como una herramienta fundamental para conocer la realidad real de estos locales por cuanto procede una ordenación clara y convincente prevista administrativamente sobre la situación fáctica de los mismos.

Por cuanto antecede, a tenor de lo establecido en el artículo 28 apartado e) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en relación con el artículo 2 y 4 del Decreto 28/2011, de 18 de mayo, y el artículo 4 del Decreto 194/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Gobernación y Justicia, oída la Comisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunitat Valenciana en su reunión del día 12 de diciembre de 2012.

ORDENO

CAPÍTULO I Artículo 1

Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  1. Es objeto de esta orden la regulación del Registro de Sedes Festeras Tradicionales, el modelo de declaración responsable por el que se comunica al Ayuntamiento de la localidad la tipología de la sede festera tradicional y su inclusión en aquel así como el modelo de cartel informativo acreditativo de dicha tipología en función de la clasificación indicada en el artículo 2 del Decreto 28/2011, de 18 de marzo, del Consell.

  2. Esta orden será de aplicación a todas las sedes festeras tradicionales abiertas o que se aperturen en los distintos municipios de la Comunitat Valenciana donde se efectúen las festividades a las que se refiere el artículo 1.3 del Decreto 28/2011.

CAPÍTULO II Artículos 2 a 6

Registro de Sedes Festeras Tradicionales de la Comunitat Valenciana

Artículo 2 Creación del Registro de Sedes Festeras Tradicionales
  1. De acuerdo con lo indicado en el artículo 3 del Decreto 28/2011, se crea el Registro de Sedes Festeras Tradicionales de la Comunitat Valenciana.

  2. Este Registro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR