RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2020, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la cual se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad para el periodo 2020-2022. [2020/1747]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
Rango de LeyResolución

El artículo 164 a) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, contiene el mandato, dirigido a las consellerias que tengan la previsión de otorgar subvenciones, de elaborar con carácter previo un plan estratégico de subvenciones, en el que se integren las subvenciones que pretendan otorgar tanto sus órganos como sus organismos públicos dependientes y cuyo contenido del cual será el determinado en la legislación básica estatal. Estos planes tendrán un periodo de vigencia de tres años y se ajustarán a lo previsto en los escenarios presupuestarios plurianuales a los que se refiere el artículo 27 de la Ley 1/2015.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que constituye legislación básica del Estado, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por tanto, estos planes se configuran, como se desprende de la normativa básica, como un instrumento de planificación de las políticas públicas gestionadas a través de subvenciones, que ha de permitir conectar la asignación de recursos en función del índice de logro de sus objetivos.

De acuerdo con las previsiones legales señaladas, se ha procedido a la elaboración, por parte de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, de su plan estratégico de subvenciones, que tendrá un periodo de vigencia de tres años, extendiéndose durante el periodo 2020-2022, siendo su carácter meramente programático, sin crear derechos ni obligaciones.

El artículo 160.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, establece que las personas titulares de las consellerias son los órganos competentes para aprobar el plan estratégico de subvenciones de la conselleria, que abarcará tanto las propias del departamento como las de los organismos públicos vinculados o dependientes.

Visto lo que antecede, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 160.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero y el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, resuelvo:

Primero

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, que se adjunta como anexo único a la presente resolución, el cual se extenderá durante el periodo 2020-2022, siendo su carácter programático, sin que su contenido genere derechos ni obligaciones, y quedando su efectividad supeditada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Segundo

El contenido del Plan incluirá los objetivos estratégicos que se espera lograr con la acción de fomento, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios, la descripción de las diferentes líneas de subvención, en las que se concreta el plan de actuación y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las mismas.

Tercero

Ordenar su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de

las Administraciones Públicas, y en la página web de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.

València, 17 de febrero de 2020.- El subsecretario (por delegación de competencias según Resolución del conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, de 23 de julio de 2019 (DOGV núm. 8600/26.07.2019): Rafael Briet Seguí.

ANEXO ÚNICO

Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad

Introducción

El presente Plan se emite en cumplimiento, en el ámbito de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, del mandato contenido en el artículo 164 a) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, dirigido a las consellerias que tengan la previsión de otorgar subvenciones, de elaborar con carácter previo un plan estratégico de subvenciones, en el que se integren las subvenciones que pretendan otorgar tanto sus órganos como sus organismos públicos dependientes.

Nuestra norma también señala que el contenido de los planes será el determinado en la legislación básica estatal, que se concreta, en lo que aquí interesa y por tener ese carácter, en artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Esta Ley ha sido desarrollada, con carácter no básico, en la Sección 1.ª del Capítulo III del Título Preliminar del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.

En cuanto a su naturaleza, y según se desprende de las normas mencionadas, el Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, quedando su efectividad condicionada a la aplicación efectiva de las diferentes líneas de subvención, según las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

La estructura del Plan se configura mediante unos apartados previos, en los que se describen los aspectos esenciales para su encuadramiento, como son: definición, ámbitos objetivo, subjetivo y temporal y seguimiento, con un apartado final donde por cada órgano u organismo público dependiente, programa presupuestario y objetivos estratégicos, se desglosan todas las líneas de subvención con cobertura presupuestaria, clasificadas según su modalidad de concesión, en régimen de concurrencia competitiva o por concesión directa, con expresión para cada una de ellas de los objetivos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, beneficiarios o sectores a los que se dirigen las ayudas, los costos previsibles para su realización, las fuentes de financiación, la normativa reguladora, las líneas de actuación y los indicadores para su seguimiento y evaluación.

Definición

Este Plan se configura como un instrumento de gestión, planificación y control de las políticas públicas gestionadas a través de subvenciones, que ha de permitir conectar la asignación de recursos en función del índice de logro de sus objetivos, para cuya apreciación resulta obligado el seguimiento y evaluación de los resultados de cada una de las líneas de subvención en que se concretan, mediante la fijación previa de indicadores que faciliten esta valoración.

Ámbito Objetivo

Los objetivos de la política de fomento de actividades públicas o de interés social o de finalidades públicas desarrolladas por la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, se enmarcan en sus competencias, señaladas en el Decreto 5/2019, de 16 junio, del presi-

dent de la Generalitat, en materia de vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, aeropuertos y obras públicas.

Ámbito subjetivo

En el Plan se integran las subvenciones otorgadas tanto por los órganos de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, como por sus organismos públicos dependientes, cuyo desglose es el siguiente:

- Subsecretaría.

- Dirección General de Política Territorial y Paisaje.

- Dirección General de Urbanismo.

- Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad.

- Dirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas.

- Autoridad de Transporte Metropolitano de València.

- Instituto Cartográfico Valenciano.

Entre estos órganos y organismos públicos dependientes las Direcciones Generales de Obras Públicas, Transportes y Movilidad y de Puertos, Aeropuertos y Costas no otorgan subvenciones.

Ámbito temporal

Según lo dispuesto en el artículo 164 a) de la Ley 1/2015, los planes tendrán un periodo de vigencia de tres años, salvo que, previa justificación de la peculiar naturaleza del sector afectado, resulte oportuno fijar una duración distinta. En consecuencia, este Plan se elabora con una previsión de duración de tres años, extendiéndose durante el periodo 2020-2022.

Seguimiento

Por parte de los órganos y de los organismos públicos dependientes se realizará para cada ejercicio económico el seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios mediante el análisis de los indicadores previamente consignados para cada una de las líneas de subvención.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN

  1. SUBSECRETARIA.

    Programa Presupuestario: 511.10 (Dirección y Servicios Generales): Objetivo estratégico 1. Establecer un marco de cooperación educativa con las universidades públicas de la Comunitat Valenciana, con el fin de mejorar la formación del alumnado, permitiéndoles complementar los conocimientos teóricos con los prácticos, con el fin de conseguir una adecuada inserción posterior en el mundo ocupacional.

    Objetivo estratégico 2. Fomento y difusión de conocimientos sobre las materias relativas a las competencias de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.

    Objetivo estratégico 3. Fomento de la investigación sobre las materias relativas a las competencias de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.

    Líneas de subvención asociadas de concesión directa:

    Línea de...

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