RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2016, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convocan ayudas en materia de industrialización para el Plan de acción para la reindustrialización de la comarca del Camp de Morvedre.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyResolución

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece, en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden 22/2016, de 27 de octubre, de 2016, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 7906, 28.10.2016) estableció las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para el impulso de actuaciones de industrialización y mejora de la competitividad y sostenibilidad económica, social y medioambiental de los sectores industriales de la Comunitat Valenciana.

Conforme establece el artículo 3.5 de dichas bases reguladoras, las convocatorias podrán establecer o priorizar como beneficiarios a aquellas entidades, agrupaciones, clases de empresas, industrias y asociaciones pertenecientes a sectores, ámbitos de especialización, comarcas o municipios, que anualmente se hayan incluido expresamente en la Ley de Presupuestos de la Generalitat.

En el programa presupuestario 722.20, Política Industrial, de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para 2016, se establecen, como posibles beneficiarios de la línea de subvención incluidas en la misma, planes de acción local para la reindustrialización de la comarca del Camp de Morvedre.

Mediante la presente resolución, se convocan para el ejercicio 2016 las subvenciones para proyectos de inversión sostenible realizados por empresas industriales de la comarca del Camp de Morvedre, reguladas en el capítulo II del título III de las bases reguladoras, en los términos y condiciones delimitados en la presente convocatoria.

La presente convocatoria queda además sometida, en lo que proceda, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento, y a la normativa autonómica establecida en los artículos 159 y siguientes de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, y el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, resuelvo:

Primero. Objeto y ámbito de la convocatoria

El objeto de la presente resolución es convocar para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para el apoyo a proyectos de inversión sostenible para el crecimiento y consolidación de empresas industriales en la comarca del Camp de Morvedre.

Segundo. Financiación

  1. La presente convocatoria se financiará con cargo al capítulo VII de los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2016 del programa presupuestario 11.02.03.722.20:

    Código línea Denominación línea Importe

    S8086000 Planes de acción para la reindustrialización

    de la comarca del Camp de Morvedre 2.680.000 €

  2. Se podrá fijar una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, tal y como dispone el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La efectividad de la cuantía adi-

    cional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito, en un momento anterior a la resolución de la concesión de subvención.

    Tercero. Beneficiarios

  3. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades reguladas en el capítulo II del título III de la orden, que comprenden:

    1.1. Empresas industriales manufactureras encuadradas en la sección C -Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), con sede social o establecimiento productivo en la comarca del Camp de Morvedre.

    1.2. Industrias extractivas encuadradas en la sección B, divisiones 5 a 9, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), con sede social o establecimiento productivo en la comarca del Camp de Morvedre.

    1.3. Empresas relacionadas con la actividad industrial, servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica de carácter industrial directamente relacionados con las industrias relacionadas en los apartados anteriores.

  4. No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  5. Para determinar el establecimiento de un beneficiario en la comarca del Camp de Morvedre, se aplicará la delimitación geográfica municipal contenida en el Mapa de les Comarques de la Comunitat Valenciana, elaborado por el Institut Cartogràfic Valencià y la Acadèmia Valenciana de la Llengua, y que puede descargarse de la web oficial de Les Corts Valencianes y de las entidades anteriores.

    Cuarto. Obligaciones de los beneficiarios

    Los beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir todas las obligaciones establecidas en los artículos 4, 5.2, 8 y 14 de la Orden 22/2016, de 27 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de industrialización.

    Quinto. Acciones y proyectos subvencionables

  6. Serán actuaciones subvencionables los proyectos de inversión que conlleven en su conjunto alguna de las siguientes actuaciones, desarrollados entre el 1 de enero de 2016 y la fecha de justificación de la ayuda, destinadas a mejorar la competitividad y la sostenibilidad para la comarca del Camp de Morvedre:

    1.1. Inversiones en capital fijo especialmente los bienes de equipos nuevos y las inversiones que incorporen estos a nuevos procesos, preferentemente con un alto contenido tecnológico.

    1.2. Inversiones ligadas a la transferencia tecnológica en forma de adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos, pruebas de concepto preferentemente desarrolladas por agentes del sistema valenciano de innovación.

    1.3. Inversiones dirigidas a conseguir una mayor adaptabilidad a las necesidades y a los procesos de producción, así como a una asignación más eficaz de los recursos, y más respetuosas con el medio ambiente, y con cadenas de producción mucho mejor comunicada entre sí.

    Sexto. Gastos subvencionables

  7. Serán gastos subvencionables los costes de inversión en activos materiales e inmateriales siguientes:

    1.1. Inversiones en activos fijos tangibles e intangibles.

    1.2. Costes relacionados con la ingeniería del proceso de producción y necesarios para el desarrollo del proyecto de inversión incluidos gastos de personal, materiales, colaboraciones externas y otros gastos imputables al proyecto.

    1.3. Gastos de auditoría para la elaboración del informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención por auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

  8. El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de

    25.000 euros en el caso de que el solicitante sea una...

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