ORDEN 22/2010, de 6 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la aplicación en la Comunitat Valenciana del Real Decreto 457/2010, de 16 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas la para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN 22/2010, de 6 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la aplicación en la Comunitat Valenciana del Real Decreto 457/2010, de 16 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas la para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola. [2010/8138] Este régimen de ayudas viene a instrumentar en la Comunitat Valenciana el Real Decreto 457/2010, de 16 de abril, que establece las bases reguladoras de las ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola, mediante el achatarramiento de las unidades más antiguas y sustitución por nuevos tractores y nuevas máquinas que al estar equipados con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor eficiencia energética y producen un menor impacto ambiental.

Este Real Decreto cumple con lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 70/2001, habiendo sido asignado por la Comisión el nº de ayuda 73/2010.

Se considera de gran interés introducir innovaciones en los medios de producción de las explotaciones agrarias valencianas, lo que contribuirá a que aumente el respeto al medio ambiente en el ejercicio de sus actividades. En efecto, al potenciar la utilización de tractores y máquinas automotrices dotados con motores de nuevo diseño y de mejor aprovechamiento energético del combustible, se reduce la contaminación por emisión de gases y su nivel sonoro, lo que supone mayor eficiencia energética y menor impacto ambiental.

La incorporación en la agricultura de equipos provistos de modernas tecnologías y el incremento del equipamiento de estos vehículos garantizan la mejora de las condiciones de trabajo de los agricultores en el manejo de la maquinaria agrícola y les proporcionan mayor seguridad en sus desplazamientos por las vías públicas.

También se pretende promover la utilización en común de la maquinaria agrícola para economizar los recursos del sector, lo que permite el uso más racional de los inputs y mejorar la competitividad de las explotaciones de los asociados.

Finalmente, se pretende actualizar la normativa que regula estas ayudas en aras a una mayor seguridad jurídica y, también, para incentivar el acceso a la renovación del parque de maquinaria mediante el incremento de la cuantía básica de la ayuda.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el artículo 47.3

Y 47.11 del Decreto Legislativo, de 26 de junio, de 1991 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, ORDENO

Artículo 1 Objeto 1

Esta orden tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, las bases reguladoras de ayudas para renovar el parque de tractores y máquinas automotrices agrícolas del sector agrario valenciano mediante el achatarramiento de las más antiguas y su sustitución por nuevos tractores y nuevas máquinas, que al estar equipados con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor eficiencia energética y producen un menor impacto ambiental.

  1. También se podrán destinar estas ayudas procedentes del achatarramiento de tractores y máquinas automotrices a la adquisición de determinadas máquinas arrastradas como:

  1. Sembradoras directas.

  2. Cisternas para purines y esparcidores de fertilizantes sólidos equipadas con dispositivo de localización.

  3. Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.

Artículo 2 Ámbito de aplicación Esta disposición se aplicará a los beneficiarios contemplados en el artículo siguiente y cuyas explotaciones o instalaciones se encuentren, en su mayor parte, en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Artículo 3 Beneficiarios 1

Podrán ser beneficiarios los titulares conforme se establece en el Real Decreto 457/2010,16 de abril de 2010, siguientes:

  1. Persona física titular de una explotación agraria.

  2. Las cooperativas agrarias, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria y las sociedades agrarias de transformación inscritas en los correspondientes registros oficiales.

  3. Otras personas jurídicas cuya actividad principal sea la producción agraria y inscritas en los correspondientes registros oficiales.

  4. Asimismo, tendrán la condición de beneficiario las comunidades de bienes, comunidades de regantes y las sociedades civiles cuya actividad principal sea la producción agraria y estén inscritos en los registros oficiales correspondientes. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación.

    No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

  5. Personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la prestación de servicios agrarios, siempre que estén inscritas en los correspondientes registros o censos oficiales.

Artículo 4 Requisitos de los beneficiarios 1

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes los siguientes requisitos:

  1. Ajustarse a la definición de PYME conforme al anexo I del Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR