DECRETO 179/2004, de 24 de septiembre, del Consell de la Generalitat, de regulación del senderismo y deportes de montaña de forma compatible con la conservación del medio natural. [2004/F9856]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Territorio y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 179/2004, de 24 de septiembre, del Consell de la Generalitat, de regulación del senderismo y deportes de montaña de forma compatible con la conservación del medio natural. [2004/F9856]

El disfrute recreativo practicado en terrenos forestales de la Comunidad Valenciana está regulado a través de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunidad Valenciana, la cual introduce como uno de sus objetivos el favorecer, con las cautelas necesarias, el uso excursionista, recreativo, deportivo y pedagógico de los montes y terrenos forestales y promover la concienciación social sobre los valores culturales, ecológicos, ambientales y económicos que comporta el patrimonio forestal valenciano. Concretamente, en su artículo 38, establece las condiciones a las que debe sujetarse tal actividad.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 119/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Territorio y Vivienda, la competencia para la regulación de la actividad recreativa y educativa en los montes y espacios forestales corresponde a la Conselleria de Territorio y Vivienda y establece el principio de armonización de esta actividad con la conservación y protección del medio natural.

La evolución en el número de personas que utilizan los espacios forestales de la Comunidad Valenciana, que aumenta de forma constante, y el desarrollo de nuevas formas de disfrute de los espacios forestales, especialmente las deportivas, aconsejan una revisión de esta regulación que supere las carencias existentes.

Otra insuficiencia de la regulación actual en materia de uso público en los montes y espacios forestales es la que se refiere a la ordenación y regulación de las actividades deportivas que no requieran la utilización de vehículos en la naturaleza, en la actualidad en expansión. Entre ellas se encuentra el montañismo, el senderismo, la escalada clásica y deportiva, la espeleología, el barranquismo, los deportes aéreos, la orientación y otros.

Si bien el acercamiento de la sociedad, y especialmente de grupos de jóvenes, a la práctica de estos deportes en la naturaleza indudablemente es positivo, por tratarse de actividades saludables en las que se fomenta la convivencia entre las personas, el conocimiento y el respeto por el patrimonio natural, no es menos cierto que en determinados casos éste puede precisar una cierta regulación cuando se produzcan importantes concentraciones de usuarios en enclaves que contienen singularidades naturales, donde un exceso de presión humana puede producir una degradación de sus valores. Especialmente este decreto responde a la demanda formulada por las entidades federativas montañeras sobre la ordenación y fomento de los senderos y deportes de montaña. Con este objeto se ofrece el apoyo de las instituciones al Registro Público de Senderos de la Comunidad Valenciana, a la constitución de la Red de Senderos de la Comunidad Valenciana, articulándose una efectiva participación y apoyo económico por parte de la Conselleria de Territorio y Vivienda a esta actividad y se prevé la posibilidad dedesarrollar mecanismos de concertación e integración de las distintas iniciativas públicas y privadas en el fomento del senderismo y montañismo en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat, a su vez, ha desarrollado herramientas integradoras de estas actividades bajo la óptica de las políticas de juventud. De este modo, el Pla Jove Valencià incluye entre sus objetivos el fomento de la participación de los jóvenes, sus asociaciones y sus órganos de representación en el establecimiento de políticas medioambientales, la promoción del conocimiento del medio natural de la Comunidad Valenciana entre la juventud e implicar a los jóvenes y sus asociaciones en el área de protección y mejora del medio natural.

Por todo ello, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 49 bis de la Ley de Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Territorio y Vivienda, conforme con el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 24 de septiembre de 2004, DECRETO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1

El objeto de este decreto es la ordenación del uso excursionista y deportivo en los montes o espacios forestales, de forma integrada con la protección y conservación de los recursos naturales. Queda excluido del ámbito de aplicación de este decreto lo regulado en el Decreto 183/1994, de 1 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la circulación de vehículos por terrenos forestales, así como por el Decreto 233/1994, de 8 de noviembre, del Consell de la Generalitat, por...

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