ORDEN 5/2011, de 17 de marzo, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la tramitación electrónica de determinados procedimientos en materia de juego.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden
Preámbulo

Estando previsto que las administraciones públicas impulsen la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de la actividad y el ejercicio de sus competencias, así como el derecho de la ciudadanía a relacionarse con las administraciones públicas utilizando medios electrónicos, desde la Generalitat se pretende procurar mejores servicios públicos y una atención a la ciudadanía sustentada sobre el valor del conocimiento, de su transferencia y de su puesta en común, así como sobre la excelencia, la adaptación permanente al cambio, y todo ello a partir de la introducción de las tecnologías de la información y la comunicación en la gestión administrativa.

Bajo este marco jurídico, la presente orden constituye un desarrollo normativo del Decreto 115/2006, de 6 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar cuya finalidad es impulsar la tramitación electrónica de determinados procedimientos en materia de juego, lo que sin duda supondrá un enorme avance administrativo dada la celeridad de la tramitación de las solicitudes y la posibilidad de recepción de los documentos enviados desde cualquier terminal durante las 24 horas de los 365 días del año, hecho que permitirá la mejora de la calidad del servicio y facilitará muy significativamente las relaciones entre los ciudadanos y la administración.

Por todo lo anterior se publica esta orden en cuyo título I se regulan las disposiciones generales que se aplicarán a la tramitación electrónica de los procedimientos en materia de juego y en cuyo título II se regulan las especialidades de los procedimientos incluidos en la primera fase de implantación del sistema y a los que se extiende, desde el día de entrada en vigor de la orden, la tramitación electrónica.

Por cuanto antecede, en uso de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y de la autorización contenida en la disposición final primera del Decreto 115/2006, de 28 de julio, del Consell por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, que faculta a la conselleria competente en materia de juego, previo informe de la Comisión del Juego de la Comunitat Valenciana, a desarrollar el Reglamento, introducir modificaciones no sustantivas y modificar los anexos del mismo, previo informe de la Comisión del Juego de la Comunitat Valenciana,

ORDENO

TÍTULO I Disposiciones de carácter general Artículos 1 a 8
CAPÍTULO I Artículos 1 a 8

Objeto de la orden, aprobación y requisitos de acceso al sistema

Artículo 1 Objeto de la orden
  1. La presente orden tiene por objeto la regulación de la tramitación electrónica de determinados procedimientos en materia de máquinas recreativas y de azar, que se hará efectiva a través del sistema denominado JOC-ER.

  2. Los procedimientos objeto de tramitación electrónica son los previstos en el título II de la presente orden.

Artículo 2 Requisitos para ser usuario del sistema JOC-ER
  1. Podrán realizar la tramitación electrónica regulada en la presente orden las empresas inscritas en el Registro de Fabricantes e Importadores de Máquinas Recreativas y de Azar y de Material de Juego, en el Registro de Comerciales y Distribuidores de Material de Juego, en el Registro de Empresas Operadoras o en el Registro de Establecimientos Autorizados.

  2. Para acceder al sistema JOC-ER será necesario:

a) Disponer, como...

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