ORDEN 15/2010, de 26 de abril, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula el desarrollo de acciones de formación profesional para el empleo de carácter semipresencial, y se convocan ayudas para el año 2010.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN 15/2010, de 26 de abril, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula el desarrollo de acciones de formación profesional para el empleo de carácter semipresencial, y se convocan ayudas para el año 2010. [2010/4728] Normes generals Capítulo I Normas generales Objecte Artículo 1 Objeto Destinataris Artículo 2 Destinatarios Naturalesa de les ajudes Artículo 3 Naturaleza de las ayudas Entitats beneficiàries Artículo 4 Entidades beneficiarias Obligacions dels beneficiaris Artículo 5 Obligaciones de los beneficiarios Difusió Artículo 6 Difusión Quantia de la subvenció Artículo 7 Cuantía de la subvención Característiques dels cursos Capítulo II Características de los cursos Contingut dels cursos Artículo 8 Contenido de los cursos De la part a distància Artículo 9 De la parte a distancia De la part presencial Artículo 10 De la parte presencial De les pràctiques no laborals Artículo 11 De las prácticas no laborales Procediment de concessió de subvencions Capítulo III Procedimiento de concesión de subvenciones Termini i lloc de presentació de sol·licituds Artículo 12 Plazo y lugar de presentación de solicitudes Documentació Artículo 13 Documentación Instrucció Artículo 14 Instrucción Valoració de les sol·licituds Artículo 15 Valoración de las solicitudes Resolució i recursos Artículo 16 Resolución y recursos Normes relatives a la realització de les accions for- Capítulo IV Normas relativas a la realización de las acciones formativas Gestió Artículo 17 Gestión Tècnics d'enllaç Artículo 18 Técnicos de enlace Horari del curs Artículo 19 Horario del curso Nombre d'alumnes Artículo 20 Número de alumnos Selecció de l'alumnat Artículo 21 Selección del alumnado Inici i finalització de l'acció formativa Artículo 22 Inicio y finalización de la acción formativa Altes i baixes dels alumnes Artículo 23 Altas y bajas de los alumnos Obligacions dels alumnes Artículo 24 Obligaciones de los alumnos Equip docent i gestor de l'entitat Artículo 25 Equipo docente y gestor de la entidad Avaluació de l'alumnat Artículo 26 Evaluación del alumnado Control del desenvolupament de l'acció formativa Artículo 27 Control del desarrollo de la acción formativa Sobre la qualitat de la docència Artículo 28 Sobre la calidad de la docencia Documentació final de l'acció formativa Artículo 29 Documentación final de la acción formativa Normes relatives a les pràctiques no laborals Capítulo V Normas relativas a las prácticas no laborales Document de col·laboració PNL Artículo 30 Documento de colaboración PNL Programa formatiu PNL Artículo 31 Programa formativo PNL Accés a les PNL Artículo 32 Acceso a las PNL Exempció del període de PNL Artículo 33 Exención del periodo de PNL Avaluació de la PNL Artículo 34 Evaluación de la PNL Funcions i tasques Artículo 35 Funciones y tareas Període de realització Artículo 36 Periodo de realización Relació alumne-Centre de Treball Artículo 37 Relación alumno-Centro de Trabajo Requisits de les empreses beneficiàries en PNL Artículo 38 Requisitos de las empresas beneficiarias en PNL Procediment de justificació comprovació i pagament Capítulo VI Procedimiento de justificación comprobación y pago Costos elegibles per a les entitats beneficiàries Artículo 39 Costes elegibles para las entidades beneficiarias Liquidació de les ajudes Artículo 40 Liquidación de las ayudas Condicions de la documentació justificativa Artículo 41 Condiciones de la documentación justificativa Capítulo VII Procedimiento de minoración y reintegro Artículo 42 Minoraciones y reintegro de la ayuda concedida Disposiciones adicionales Primera Segunda Tercera Cuarta Disposiciones finales Primera Segunda Tercera Anexo I Anexo II Desde la Cumbre Europea de Lisboa, en la que se fijó el objetivo estratégico de convertir la Unión Europea en la sociedad más dinámica y competitiva del mundo en el 2010, se han publicado sucesivas decisiones del Consejo y del Parlamento relativas al aprovechamiento de Internet para facilitar el acceso de los ciudadanos a la Formación Profesional y favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida, como uno de los medios para conseguir ese objetivo.

Las autoridades europeas, a través de estas decisiones, no hacen sino constatar la importancia de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la sociedad actual, abordando el problema de la exclusión social que resulta de la incapacidad de algunas personas para aprovechar plenamente las ventajas que ofrecen en la sociedad del conocimiento, prestando especial atención al fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y en el ámbito rural.

La Generalitat Valenciana, por su parte, ha abordado la actuación complementaria en este campo, asegurando la coherencia y la actuación coordinada a través de distintos instrumentos incluidos en el Plan de Modernización, como el proyecto de e-formación, el proyecto Infoville 21 o el proyecto Disemina, así como el proyecto de ayudas a las Unidades Locales de Aprendizaje.

El aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación constituye una de las principales líneas de actuación del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, especialmente con el objetivo de reforzar la adquisición de las habilidades y competencias necesarias para la adaptación y el aprendizaje permanente en una economía y una sociedad en transformación, Ello requiere, asimismo, promover el compromiso formativo del conjunto de la sociedad e instrumentar las herramientas que faciliten las oportunidades de acceso a la formación, sobre todo, en aquellos oficios y empleos que el mercado de trabajo demanda. Por ello, mediante la presente línea de actuación, el...

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