DECRETO 118/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. [2003/X8261]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 118/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. [2003/X8261]

El Decreto 71/2003, de 21 de junio, del Consell de la Generalitat, determina el número y denominación de las Consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, habiéndose creado la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El Decreto 7/2003, de 21 de junio, del presidente de la Generalitat, asigna a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación las competencias en materia de agricultura, ganadería, pesca y alimentación.

De otro lado, el Decreto 81/2003, de 27 de junio, del Consell de la Generalitat, establece la estructura orgánica básica de las consellerias, instaurando las Secretarías Autonómicas como órganos superiores de los departamentos que actúan bajo la dependencia directa de sus máximos responsables, asimismo el citado decreto obliga al Consell, en su disposición final primera a la aprobación de los Reglamentos orgánicos y funcionales.

En el presente momento, se considera pues necesario dictar una nueva norma que regule la estructura orgánica y funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación determinando las funciones que se atribuyen a los órganos superiores y centros directivos que la componen así como el de las unidades administrativas de superior rango que se adscriben a cada uno de ellos.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 35.f) y 70 de la Ley de Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 11 de julio de 2003, DECRETO Título I Disposiciones generales

Artículo 1 Competencias de la Conselleria La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación es la competente en las materias de agricultura, ganadería, pesca y alimentación, teniendo a su cargo la dirección y ejecución de la política del Consell de la Generalitat en dichas materias.
Artículo 2 Estructura orgánica básica

La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

  1. Secretaría Autonómica de Agricultura y Relaciones Agrarias con la Unión Europea b) Subsecretaría c) Dirección General de Investigación e Innovación Agraria y Ganadería d) Dirección General de Modernización de Estructuras Agrarias y Desarrollo Rural e) Dirección General de Producción y Comercialización Agraria f) Dirección General de Pesca

Artículo 3

Suplencias En los casos de ausencia o enfermedad del titular del departamento, será de aplicación lo dispuesto en el apartado i) del artículo 16 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano. Hasta que se resuelva la sustitución, sus funciones como titular del departamento serán ejercidas temporalmente por el titular de la secretaría autonómica, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell de la Generalitat, siguiendo el orden de prelación previsto en el artículo 49 del Decreto 81/2003 de 27 de junio del Consell de la Generalitat, por el que se establece la estructura orgánica de las Consellerias de la administración de la Generalitat.

Dicho orden será de aplicación asimismo, a efectos de su sustitución, para la secretaría autonómica, subsecretaría y direcciones generales.

Lo que establecen los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga el conseller mediante resolución. Título II De la estructura y funCiones de los órganos superiores, directivos y servicios centrales de la conselleria Capítulo I Del conseller

Artículo 4 El conseller 1

El conseller es la superior autoridad jerárquica de la Conselleria. Bajo la misma se situán los órganos superiores y directivos de la Conselleria así como los organismos públicos adscritos a ésta.

  1. El conseller cuenta con todas las competencias inherentes a su cargo y expresamente con las siguientes:

  1. Proponer al Gobierno Valenciano el nombramiento y cese de los altos cargos del departamento.

  2. Preparar y presentar al Gobierno Valenciano los anteproyectos de ley, propuestas de acuerdos y proyectos de decretos relativos a las cuestiones propias del departamento y refrendar estos últimos una vez aprobados.

  3. Formular motivadamente el anteproyecto de los presupuestos de la conselleria.

  4. Ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de la conselleria, en forma de órdenes de ésta.

  5. Proponer al Gobierno Valenciano, para su aprobación, la modificación de la estructura y la organización de la conselleria.

  6. Ejecutar los acuerdos del Consell de la Generalitat en el marco de sus competencias.

  7. Resolver en vía administrativa los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los órganos o autoridades de su conselleria no adscritos a la Secretaria Autonómica, o los de ésta cuando no agoten la vía administrativa, salvo las excepciones que establezcan las Leyes.

Artículo 5 Gabinete del conseller

Directamente dependiente del titular del Departamento, el Gabinete del conseller, actúa como órgano de apoyo y asistencia inmediata al mismo.

Artículo 6 Consejo de Dirección
  1. El Consejo...

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