DECRETO 193/2013, de 20 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Enero de 2014 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo |
Rango de Ley | Decreto |
En orden a adoptar las medidas organizativas adecuadas para desarrollar las previsiones del Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, y del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura organizativa básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, mediante el Decreto 188/2012, de 21 de diciembre, del Consell, se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, posteriormente modificado por el Decreto 19/2013, de 25 de enero, del Consell, y corregido mediante corrección de errores publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6962, de 11 de febrero de 2013.
Así las cosas, razones de legalidad, especialidad, eficacia y economía en la gestión pública justifican la oportunidad de modificar el Decreto 188/2012, de 21 de diciembre. En concreto se reordena la estructura del nivel administrativo dependiente de la Dirección General de Economía, Dirección General de Comercio y Consumo, Dirección General de Industria y Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social.
Finalmente, se añade un apartado a la Disposición Adicional que atribuye las funciones al INVASSAT para conferir su Dirección a quien ostente la titularidad de la Dirección General con competencias en materia Trabajo, atendiendo a razones de eficacia y economía en la gestión y considerando que la finalidad de promoción de la seguridad y salud laboral que compete al Instituto queda igualmente garantizada.
En aras de una mayor claridad expositiva y considerando las modificaciones y correcciones que se han efectuado del Decreto 188/2012, de 21 de diciembre, se considera oportuno expedir y publicar un nuevo texto de la norma que sustituya al anterior e integre todos los cambios acontecidos hasta la fecha.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, letra f, y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 20 de diciembre de 2013,
DECRETO
La Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo es el departamento del Consell al que corresponde el ejercicio de las competencias en materia de economía, fomento del empleo y de la economía social, las de formación profesional para el empleo, intermediación en el mercado laboral, industria, energía, turismo, comercio interior y exterior, ferias sectoriales y actividades promocionales, artesanía, consumo e investigación e innovación tecnológica, ejerciendo las competencias que legalmente tiene atribuidas a estos efectos.
Bajo la superior autoridad de la persona titular del departamento, la Consellería de Economía, Industria Turismo y Empleo dirige, impulsa y ejecuta la acción política y administrativa en las materias de su competencia.
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Bajo la autoridad de la persona titular del departamento, la Consellería de Economía, Industria Turismo y Empleo se estructura en los siguientes órganos superiores y centros directivos:
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Secretaría Autonómica de Economía y Empleo
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Secretaría Autonómica de Industria y Energía.
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Secretaría Autonómica de Turismo y Comercio.
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Subsecretaría.
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Dirección General de Economía.
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Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social.
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Dirección General de Industria.
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Dirección General de Energía.
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Dirección General de Turismo.
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Dirección General de Internacionalización.
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Dirección General Comercio y Consumo
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Adscrito a la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo se encuadra, a través de persona titular de la Consellería a quien corresponderá la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad, la entidad de derecho público Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE). Asimismo, a través de la Secretaría Autonómica de Economía y Empleo se encuadra el organismo Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF) y el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT). Por último, a través de la Secretaría Autonómica de Turismo y Comercio se encuadra la Agència Valenciana del Turisme (AVT).
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Asimismo, corresponde a la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo la tutela de la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.
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Por razón del ámbito territorial en el que se ejercen las atribuciones, los órganos de la consellería se clasifican en servicios centrales y servicios periféricos.
El nivel administrativo está constituido por todas las unidades de esta naturaleza dependientes directamente de los órganos superiores y nivel directivo del departamento.
Estructura y funciones de los órganos superiores, directivos y servicios centrales de la Consellería
Titular de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo
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La persona titular de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo es el órgano jerárquico superior del departamento, y ejerce todas las atribuciones conferidas por la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado a dicha Consellería.
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La persona titular de la Consellería, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo ante toda clase de instituciones públicas y privadas.
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En los casos de ausencia o enfermedad del titular del departamento, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12.1.i de la Ley del Consell.
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Hasta que se resuelva la sustitución, las funciones de aquel como titular del departamento serán ejercidas temporalmente por los titulares de las secretarías autonómicas, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell, siguiendo el orden de prelación previsto en el artículo 2 del presente decreto.
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Dicho orden será de aplicación, asimismo, a los efectos de su sustitución, para las secretarías autonómicas, subsecretaría y direcciones generales.
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Lo que establecen los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga el conseller mediante resolución.
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El gabinete de la persona titular de la Consellería es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al titular del departamento, de quien depende directamente.
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El gabinete de la persona titular de la Consellería tiene a su cargo el mantenimiento de las relaciones de la persona titular del departamen-
to con los altos órganos e instituciones de la Generalitat, del Estado y de las demás administraciones públicas, así como el desarrollo de cuantas funciones se le encomienden.
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Dependiendo funcionalmente de la persona titular de la Consellería y orgánicamente de la Subsecretaria, a la Subdirección General del Gabinete Técnico le corresponden las funciones concernientes a asesoramiento técnico, informes, estudios, documentación y seguimiento parlamentario.
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La Subdirección General del Gabinete Técnico se estructura en los siguientes servicios:
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Servicio de Informes y Actividad Parlamentaria, al que le corresponde asesorar, con arreglo a criterios de competencia técnica y desde una perspectiva pluridisciplinar, a la persona titular del departamento, elaborar y analizar la información y documentación sobre las materias propias de la Consellería, preparando los informes y estudios técnicos y memorias necesarios, proponer y tramitar las actuaciones de la Consellería relacionadas con la actividad parlamentaria, así como cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.
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Servicio de Documentación, Publicaciones y Estadística departamental, al que le corresponde gestionar las bases de datos documentales de interés para la Consellería, colaborar en el tratamiento, organización y recuperación de la documentación relevante para el desarrollo de las funciones de asesoramiento correspondientes a la Subdirección General, proponer y elaborar publicaciones y estadísticas en materia de la Consellería, así como cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.
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Secretarías Autonómicas y Órganos directivos dependientes
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Bajo la autoridad de la persona titular de la consellería, la Secretaría Autonómica de Economía y Empleo asume las funciones que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de planificación económica y estadística de la Generalitat y financiación y avales para el sector privado; así como las relativas a la materia de trabajo y emprendimiento, seguridad y salud laboral, fomento del empleo, del cooperativismo y de la economía social, intermediación en el mercado laboral y...
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