DECRETO 161/2005, de 4 de noviembre, del Consell de la Generalitat, por el que se reforma el Reglamento del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana. [2005/12247]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Universitat Politecnica de Valencia |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 161/2005, de 4 de noviembre, del Consell de la Generalitat, por el que se reforma el Reglamento del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana. [2005/12247]
Por la Ley 5/2005, de 4 de agosto, de la Generalitat, se ha reformado la Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de Creación del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana. La disposición transitoria segunda de la referida ley modificativa prevé que, en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor, se proceda a modificar el Reglamento del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana para adaptarlo a sus previsiones.
La Ley da una nueva configuración al Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y amplía su composición, pasando a estar integrado, además de por los consejeros natos, por seis Consejeros electivos, tres de los cuales han de ser elegidos por las Cortes Valencianas, y los tres restantes por el Consell de la Generalitat. Su Presidente será nombrado, de entre los seis Consejeros electivos, por el Presidente de la Generalitat.
Por otra parte, el artículo 81 de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, sustituyó la expresión .Consejeros electos. por la de .Consejeros electivos., que también recoge la Ley 5/2005, de 4 de agosto, de la Generalitat, y que igualmente ha de sustituirse en el Reglamento.
También se prevén determinadas disposiciones relativas a la petición de dictamen por parte de las corporaciones locales, las Universidades y las demás entidades y corporaciones de derecho público.
Por último, se introducen determinadas previsiones en orden a la estructura administrativa y a la selección del personal del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana. En su virtud, de conformidad con lo previsto en la disposición final primera de la Ley 10/1994, de 19 de diciembre, de la Generalitat, a propuesta del Pleno del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana aprobada en su reunión del día 27 de octubre de 2005, y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 4 de noviembre de 2005, DECRETO Artículo único Se modifica el Reglamento del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, según lo dispuesto en el anexo del presente decreto.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 4 de noviembre de 2005
El presidente de la Generalitat, FRANCISCO CAMPS ORTIZ ANEXO Modificación del Reglamento del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana Uno. En consonancia con lo dispuesto en los artículos 1 a 7 de la Ley 5/2005, de 4 de agosto, de la Generalitat, en todo el texto del Reglamento, en su versión en castellano, se sustituyen las denominaciones .Consejo Jurídico Consultivo. por .Consell Jurídic Consultiu.; y .Comunidad Valenciana. por .Comunitat Valenciana..
Además, tanto en su versión en castellano como en valenciano, se sustituyen las denominaciones .Generalitat Valenciana. por .La Generalitat.; .Presidente de la Generalitat Valenciana. o .President de la Generalitat Valenciana. por .President o Presidenta de La Generalitat.; .Gobierno Valenciano. o .Govern Valencià. por .Consell.; y .Las Cortes Valencianas. o .Les Corts Valencianes. por .Les Corts..
Dos. En todo el texto del Reglamento se sustituye la expresión .Consejeros electos. por .Consejeros electivos..
Tres. El artículo 1 del Reglamento queda redactado del siguiente modo:
.El Consell Jurídic Consultiu es el supremo órgano consultivo del Consell de La Generalitat y de su Administración, y, si procede, de las...
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