DECRETO 59/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra de Espadán. [2005/X2990]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Territorio y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 59/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra de Espadán. [2005/X2990]

El Parque Natural de laSierra de Espadán es el espacio natural protegido más grande de la Comunidad Valenciana con 31.180 hectáreas, declarado el 29 de septiembre de 1998.

La Sierra de Espadán es una alineación montañosa al sur de la provincia de Castellón que forma parte de las estribaciones del Sistema Ibérico y delineada por los ríos Mijares y Palancia, que han abierto profundos valles entre los que se alzan las erizadas cimas de la Sierra.

El conjunto orográfico que forma la Sierra de Espadán da lugar al afloramiento más extenso y representativo del triásico inferior y medio en la Comunidad Valenciana, presentando un valor paisajístico excepcional derivado de la natural policromía de las formaciones geológicas y del acusado relieve que los caracteriza, producto directo de la particular configuración estructural del área. El modelado geomorfológico de este sector se caracteriza por el desarrollo de abruptas crestas que se combinan con otros relieves en cuestas y con lomas más suaves y redondeadas.

La Sierra presenta una interesante alternancia ácido-base, tanto en los materiales geológicos como en los suelos, que permite la formación de determinados suelos silíceos de gran interés por su escasa representación en el territorio valenciano. Estas características conducen a que el espacio natural ofrezca una gran originalidad biológica, destacando las formaciones vegetales de alcornoques, en buen estado de conservación, de jaras y brezos. Las comunidades faunísticas, representadaspor especies de carácter forestal y rupícola, destacan por su riqueza y constituyen el componente más llamativo y valioso de este ecosistema. Destacan en la zona una serie de cavidades caracterizadas por importantes fenómenos espeleológicos.

Distintos elementos arqueológicos y culturales, como las ruinas del castillo de Almonacid, torre del Homenaje de Eslida o la nevera de Algimia, utilizada hasta finales del siglo XIX, terminan por completar el importante valor que posee este espacio natural.

La actual realidad histórica de la Comunidad Valenciana y, en particular, la despoblación de las zonas interiores, como el Parque Natural de la Sierra de Espadán y su entorno, aconseja la definición de un modelo de gestión del Parque en el que tiene papel protagonista una estrategia de desarrollo sostenible basada en la conservación y la gestión racional de los recursos ambientales en apoyo a un desarrollo natural, social y económico de las poblaciones que integran este espacio protegido. En dicha estrategia los objetivos de desarrollo socioeconómico y los de conservación de los valores ambientales y culturales no se consideran contrapuestos, sino más bien complementarios, formando parte de una misma línea de actuación. Necesidad evidente para ello es la colaboración estrecha entre la Conselleria de Territorio y Vivienda, los trece Ayuntamientos implicados territorialmente en el Parque, los restantes organismos competentes, el sector privado y las entidades públicasy privadas relacionadas con el uso de los recursos naturales. El conjunto de los hábitats del Parque en sus distintos ambientes de alcornocal, pinar, brezal y jaral, característicos del monte mediterráneo, todos ellos con su importante fauna y flora características, se considera en el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) un bien de interés prioritario por su interés ecológico, científico y educativo. El uso público del Parque Natural, incluyendo las actividades relacionadas con el disfrute ordenado, la enseñanza y el estudio de los valores ambientales y culturales, se considera una de las funciones prioritarias del espacio protegido, en el contexto territorial y como llamada al uso ordenado de los diferentes agentes sociales que proyectan sobre este espacio sus actividades de ocio y esparcimiento. El régimen urbanístico es objeto, asimismo, de atención preferente en el PRUG, con el objeto de establecer un modelo de poblamiento humano, en el ámbito urbano y en la edificación en medio rural, compatible con la conservación de los valores ambientales del Parque y adecuado a las necesidades tanto de los residentes como de los visitantes del espacio protegido.

El carácter dinámico que cabe exigir al PRUG en un ámbito deactividades tradicionales queda de manifiesto por el extenso listado de actuaciones previstas para la ejecución del PRUG, agrupadas en siete programas de actuación. Así, la categoría de ordenación denominada Áreas de Actuación Preferente está destinada específicamente a la ejecución de actuaciones de conservación o regeneración de hábitats, así como a la dotación de equipamientos vinculados al uso público ordenado del medio.

La Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, establece, en su artículo 37, la figura del Plan Rector de Uso y Gestión como reguladora de las actividades directamente ligadas al espacio protegido y, en particular, de la investigación, el uso público y la conservación de los valores ambientales.

El PRUG es conforme con el Decreto 161/1998, de 29 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se declaró Parque Natural a la Sierra de Espadán, así como con el vigente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Espadán, aprobado mediante el Decreto 218/1997, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat. El proyecto de PRUG fue sometido a información pública durante un mes a partir del 21 de octubre de 2004, en virtud del anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la misma fecha. Dicho periodo coincidió con el preceptivo trámite de audiencia a los organismos públicos y a las entidades y colectivos implicados en la gestión del Parque. En paralelo a dichos trámites de información pública y audiencia, el proyecto de PRUG ha sido objeto, durante los años 2001 a 2004, de un proceso de consultas a los distintos organismos y entidades relacionados con la gestión del espacio protegido, habiendo sido presentado en particular a las Corporaciones Locales afectadas territorialmente, a los colectivos y entidades públicas y privadas con atribuciones sobre el uso de los recursos ambientales y a los agentes sociales, económicos y culturales vinculados al Parque. Asimismo, el proyecto de PRUG cuenta con informes preceptivos favorables de la Junta Rectora del Parque Natural y del Consejo Asesor y de Participación del Medio Ambiente, emitidos en las reuniones de dichos órganos colegiados, de 9 de diciembre de 2004 y 24 de febrero de 2005, respectivamente.

Por tanto, se ha efectuado por completo la tramitación prevista en el artículo 41 de la mencionada Ley 11/1994 para los Planes Rectores de Uso y Gestión de Parques Naturales, previa a la aprobación definitiva de los mismos.

Por todo ello, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 49 bis de la Ley de Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Territorio y Vivienda y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 11 de marzo de 2005, DECRETO Artículo único 1. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 37 a 41 de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana, se aprueba definitivamente el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra de Espadán.

  1. Como anexo I del presente decreto se recoge la parte normativa del Plan.

  2. Como anexo II del presente decreto se recoge la zonificación gráfica.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se faculta al conseller de Territorio y Vivienda, en el ámbito de sus atribuciones, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas las disposiciones del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Espadán, aprobado por el Decreto 218/1997, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat, quepuedan oponerse a lo establecido en el presente decreto con sus anexos I y II.

DISPOSICIÓN FINAL Artículos 2 a 103

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Castellón de la Plana, 11de marzo de 2005

El presidente de la Generalitat, FRANCISCO CAMPS ORTIZ El conseller de Territorio y Vivienda, RAFAEL BLASCO CASTANY ANEXO I NORMATIVA DEL PLAN TÍTULO I NATURALEZA Y FINALIDAD DEL PLAN Artículo 1. Naturaleza del Plan El presente PlanRector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra de Espadán (PRUG) se redacta al amparo de lo dispuesto en los artículos 30, 31 y 37 de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la ComunidadValenciana, y es un mandato recogido en el Plan de Ordenación de los Recursos...

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