DECRETO 108/2006, de 21 de julio, del Consell, de declaración del Paisaje Protegido del Puigcampana y el Ponotx. [2006/9076]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Territorio y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 108/2006, de 21 de julio, del Consell, de declaración del Paisaje Protegido del Puigcampana y el Ponotx. [2006/9076]

Las montañas del Puigcampana y el Ponotx, situadas entre los términos municipales de Finestrat, Benidorm, la Nucia y Polop, forman un pequeño sistema individualizado, de elevado valor paisajístico y ambiental, que constituye el extremo suroriental del gran macizo montañoso del que la sierra Aitana representa el punto culminante.

De origen prebético, se trata de unas formaciones montañosas de naturaleza caliza y de gran complejidad tectònica, lo que, junto al papel representado por procesos erosivos de diversa naturaleza, ha dado lugar a la majestuosa geomorfología que las caracteriza, y que constituye un elemento distintivo sobre las planas del dominio litoral circundantes. El Puigcampana, cuya cima más elevada alcanza los 1.406 metros de altitud, es la segunda montaña en altura de la provincia, considerada uno de los grandes hitos geográficos y referentes territoriales de la Comunitat Valenciana. Al noroeste, el Ponotx forma una abrupta mole de paredes verticales, que, visto desde Polop, evoca la imagen de un león dormido, imagen popularizada por el conocido escritor Gabriel Miró.

La gran altitud que alcanzan estas montañas, su diversidad ecológica y morfológica, y proximidad al mar son los principales factores que contribuyen a la existencia de numerosos hábitats y especies de flora y fauna, entre los que se incluyen numerosas especies endémicas. Prueba de los excepcionales valores que atesoran estas montañas es el hecho de que la zona haya sido incluida, por Acuerdo de 10 de julio de 2001, del Consell, entre los Lugares de Interés Comunitario (LIC) de la Comunitat Valenciana, en virtud de la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, del Consejo, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres La presencia humana en el Puigcampana y el Ponotx se remonta a tiempos prehistóricos. Como ejemplos de la riqueza patrimonial del espacio natural, producto del asentamiento de las diversas civilizaciones, pueden mencionarse el poblado de la Edad de Bronce existente en el Puigcampana, a una altitud de 1.120 m, y el Castellet, un castillo de vigía medieval ubicado en el municipio de Polop. Más recientes, aunque de elevado valor etnológico, son las masías, corrales y abancalamientos de piedra, y canalizaciones para el regadío, relacionadas con la actividad agrícola llevada a cabo durante siglos en las zonas menos abruptas del espacio, que constituyen elementos relevantes del peculiar paisaje de montaña que caracteriza el área.

En definitiva, el conjunto formado por el Puigcampana y el Ponotx es un espacio en el que confluyen unas características ambientales y geomorfológicas singulares, con una prolongada historia de ocupación humana, lo que ha dado lugar, en última instancia, a ambientes nuevos y diversos de una importancia excepcional en el contexto territorial valenciano. En la actualidad, y junto con la agricultura, el uso principal del espacio natural por el hombre está relacionado con la práctica de actividades lúdicas y deportivas, constituyendo un importante espacio de esparcimiento y disfrute del medio natural, tanto para los habitantes de los municipios cercanos como para visitantes de otros lugares. En particular, el ámbito del Paisaje Protegido, en el que se combinan una orografía fascinante con una climatología favorable durante todo el año, es un área de referencia, a nivel nacional, para la práctica tradicional de deportes de montaña y escalada, actividad que comenzó a desarrollarse en el Puigcampana en los años 60. Sin embargo, la creciente presión antrópica y la insuficiente de regulación de dichas actividades supone una amenaza para este conjunto geomorfológico de elevado valor paisajístico y biótico, merecedor de una protección especial que garantice su conservación.

Se ha escogido la figura de Paisaje Protegido por considerarla adecuada para la conservación de los valores naturales, culturales y paisajísticos del espacio, resultado de la relación armoniosa entre el hombre y el medio natural.

El régimen del Paisaje Protegido debe atender a esta realidad territorial y, en consecuencia, no se configura en forma estática, sino que sienta las bases para un mecanismo de gestión activa basado en una atención especial a los procesos económicos, sociales y territoriales que son responsables de la evolución del sistema y de su adaptación a las nuevas realidades históricas.

La Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, contempla la figura de Paisaje Protegido como especialmente indicada para la conservación y la gestión racional de ambientes significativos por la relación armoniosa entre la actividad humana y el ambiente físico.

El régimen de gestión del espacio protegido propugna el uso sostenible de los recursos naturales, incluyendo en este concepto una importante función social derivada del estudio, la enseñanza y el disfrute ordenado de sus valores ambientales y culturales.

La tramitación del expediente...

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