ACUERDO del 13 de septiembre de 2011, por el que se delegan las funciones de autorización del pago de fondos FEAGA entre el organismo pagador y los distintos órganos administrativos de la Conselleria De Agricultura, Pesca, Alimentacion y Agua.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
Rango de LeyAcuerdo

Reunidos

Ante Maritina Hernández Miñana, presidenta de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria,

De una parte, Amparo Montoro Blasco, Subsecretaria de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, cargo para el que fue nombrada por Decreto 76/2011, de 24 de junio, del Consell (DOCV num 6552, de 27.06.2011), en su condición de directora del Organismo Pagador, según el artículo 3.2 del Decreto 124/2006 de 8 de septiembre, del Consell, por el que designa Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la Política Agrícola Común en la Comunitat Valenciana y se establece su organización y funcionamiento (DOGV núm. 5344 de 12.09.06), y el artículo 13.1 del Decreto 123/2006, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía, en la redacción dada por el Decreto 118/2008, de 1 de agosto, del Consell (DOCV, núm. 5821 de 5 de agosto).

De otra, Manuel Lainez Andrés, director general de Producción Agraria y Ganadería, en virtud del Decreto 76/2011, de 24 de junio, del Consell (DOCV núm. 6552, de 27.06.2011).

Marta Valsangiacomo Gil, directora general de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo Rural, en virtud del Decreto 76/2011, de 24 de junio, del Consell (DOCV núm. 6552, de 27.06.2011).

Actuando todos ellos conforme a las atribuciones que les confiere el Decreto 113/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (DOCV núm. 6602, de 6.09.2011).

Se reconocen la competencia suficiente para otorgar el presente Acuerdo, y a tal efecto;

Exponen

Primero

Que el Reglamento (CE) 885/2006, de la Comisión de 21 de junio, y el Reglamento (CE) 1290/2005, del Consejo de 17 de mayo, relativos a la autorización de organismos pagadores y otros órganos y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del FEADER y, a la financiación de la política agrícola común, respectivamente, prevé n una serie de requisitos que deben cumplir los organismos pagadores en lo que concierne a la liquidación de cuentas.

Concretamente, el Anexo I del Reglamento (CE) 885/2006, establece los criterios de Autorización referidos al «1. entorno interior, 2. actividades de control, 3. información y comunicación, 4. seguimiento», que deben cumplir los Organismos pagadores para que puedan actuar como tales.

El apartado C) Delegación, dentro del punto «1. Entorno interior» del citado anexo, establece de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1 del Reglamento (CE) 1290/2005, que el Organismo Pagador puede delegar cualquiera de sus funciones principales excepto la relativa a la ejecución del pago.

Segundo

Que el Decreto 113/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, establece como órganos directivos de la misma, entre otros, los siguientes:

- Dirección General de Producción Agraria y Ganadería.

- Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo Rural.

Tercero

Que el Decreto 124/2006 de 8 de septiembre, del Consell, por el que designa Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la Política Agrícola Común en la Comunitat Valenciana y se establece su organización y funcionamiento (DOGV núm. 5344 de 12.09.06),

designa en su artículo 3 a la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria como Organismo Pagador de las ayudas del Fondo...

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