ORDEN 19/2012, 21 de mayo, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula la aplicación del Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, en los centros docentes no universitarios públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

Debido a la actual coyuntura económica y a la necesidad de mejorar la eficiencia de las administraciones públicas en el uso de los recursos públicos, con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria derivado del marco constitucional y de la Unión Europea, el día 21 de abril de 2012 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

El Real Decreto Ley 14/2012 proporciona a las administraciones educativas un conjunto de instrumentos, que permiten conjugar los irrenunciables objetivos de calidad y eficiencia del sistema educativo, con el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y su ineludible reflejo en la contención del gasto público y en la oferta de empleo público.

En el ámbito de las enseñanzas no universitarias se establecen diferentes medidas. Así, según indica el artículo 2, cuando por razones de limitación del gasto público, la ley de presupuestos generales del Estado no autorice la incorporación de personal de nuevo ingreso mediante oferta de empleo público o establezca, con carácter básico, una tasa de reposición de efectivos inferior al 50%, las administraciones educativas podrán ampliar hasta un 20% el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1.a de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para la educación primaria y secundaria obligatoria. En este sentido, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, actualmente prorrogada, estableció una tasa de reposición de efectivos inferior al 50%.

Este porcentaje de ampliación resultará asimismo aplicable a los límites máximos de número de alumnos fijados mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Lo dispuesto en este artículo resultará de aplicación tanto a los centros docentes públicos como a los privados sostenidos con fondos públicos.

Este real decreto ley tiene carácter de legislación básica y se dicta al amparo de las competencias que los apartados 1, 13, 18 y 30 del artículo 149.1 de la Constitución reservan al Estado en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, de planificación general de la actividad económica, de régimen estatutario de los funcionarios públicos, y de desarrollo del artículo 27 de la Constitución a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

El decreto del Consell por el que se determinan las condiciones de aplicación del Real Decreto ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo no universitario en la Comunitat Valenciana, autoriza a la persona titular de la conselleria competente en materia de educación para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo del mismo.

Por todo lo expuesto anteriormente, vista la propuesta conjunta del secretario autonómico de Educación y de la subsecretaria, de fecha 17 de mayo de 2012, y de conformidad con la misma, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 28, apartado e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell

ORDENO

Artículo 1 Ámbito de aplicación

Esta orden es de aplicación en los centros docentes no universitarios públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Aumento del número de alumnos por unidad
  1. Se amplía hasta...

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