ORDEN JUS/2681/2015, de 1 de diciembre de 2015, del Ministerio de Justicia, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015 y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,

ACUERDA

Convocar proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollara de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE 19 de octubre)

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    2.1. Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 752 plazas de las comprendidas en el anexo II, apartado «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, en el Cuerpo de Auxilio Judicial (código de cuerpo 030), a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial:

    Sistema general Reserva personas con discapacidad

    Andalucía 29 1 Canarias 73 3 Cataluña 194 11 Comunitat Valenciana 76 4 Madrid 194 11 Navarra 9 1 País Vasco 29 1 La Rioja 9 1 Ministerio de Justicia 100 6 TOTAL 713 39

    1.2. Del total de las plazas convocadas se reservarán 38 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de

    grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia y superen las pruebas selectivas. Se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33 % de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

    Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular a las de sistema general.

    Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

    1.3. Los aspirantes solo podrán participar por un ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

    1.4. Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las comunidades autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  2. Proceso Selectivo

    2.1. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    2.2. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios de la oposición.

    2.3. En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará el primer ejercicio de la oposición. Si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la «J», de acuerdo con la Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

  3. Programa

    El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en la Orden JUS/2171/2015, de 14 de octubre (BOE 19 de octubre). El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado a la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

    No obstante en materia de registro civil se exigirá solo la legislación vigente en la fecha de la presente convocatoria.

  4. Requisitos de participación y titulación requerida.

    4.1. Edad: para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos generales señalados en la base séptima de las «bases comunes», con la excepción siguiente referida a la edad mínima que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 56.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y atendiendo a las funciones atribuidas a este cuerpo en el artículo 478 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y particularmente a su carácter de agentes de la autoridad, será de 18 años.

    4.2. Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009 de 10 de junio (BOE 17 de junio) por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

  5. Solicitudes

    5.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia (modelo 790) en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen», que estará disponible en castellano y en las demás lenguas oficiales de las comunidades autónomas. Este modelo se descarga de la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y de las páginas web de las comunidades autónomas que ofertan plazas y que se indican en la base 6.7.

    5.2. La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de 20 días naturales contados a partir del 12 de enero de 2016 y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    5.3. La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará por alguno de los siguientes medios:

    1. A través del Registro Electrónico del Ministerio de Justicia en la Dirección de internet www.mjusticia.gob.es, o páginas web de las comunidades autónomas que oferten plazas indicadas en la base 6.7, y de acuerdo con las instrucciones que en ellas se indica.

      La presentación de instancias por este sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa de examen.

      Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción del importe de esta no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia en soporte papel acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados a continuación.

    2. En el Registro General del Ministerio de Justicia, c/ Bolsa núm. 8, 28071 Madrid o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de...

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