ORDEN 2/2013, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, que modifica la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijan las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La Ley 3/1998, de 21 de mayo, de Turismo de la Comunitat Valenciana, aprobada en ejercicio de la competencia que sobre esta materia contempla nuestro Estatuto de Autonomía, establece en su artículo 22 que corresponde a la Generalitat, a través de la Agència Valenciana del Turisme, la elaboración y determinación de las líneas básicas conducentes a facilitar la correcta comercialización de la oferta turística de la Comunitat Valenciana, incentivando la demanda por medio de las oportunas acciones de promoción que se proyecten dentro y fuera de su ámbito territorial, siendo objetivo fundamental a alcanzar a través de esta línea básica de actuación, potenciar las acciones de promoción de la oferta turística de la Comunitat Valenciana, y sus distintas marcas y productos turísticos, dentro y fuera de su ámbito territorial, señalando en su artículo 23 que la potenciación de la actividad turística se llevará a cabo atendiendo a la consecución de los objetivos señalados a través de los programas elaborados a tal fin por la Agència Valenciana del Turisme.

Para posibilitar estas acciones de fomento se dictó la Orden 4/2012, de 1 de febrero, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se fijaron las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de ayudas por la Agència Valenciana del Turisme.

En el artículo 1, apartado 2, de la referida Orden de Bases se indica que «los proyectos y actuaciones objeto de ayuda deberán hallarse siempre localizados en el territorio de la Comunitat Valenciana». Ahora bien, las acciones de promoción, como se contempla en la citada Ley 3/1998, de Turismo de la Comunitat Valenciana y por su propia naturaleza, pueden desarrollarse tanto dentro como fuera de su ámbito territorial. Por ello y con el fin de complementar la redacción inicial de dicho precepto de la citada Orden de bases, se añade un inciso aclaratorio que recoge la referida previsión legal.

Por otro lado, según lo previsto en el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se modifica la redacción del apartado 2.2.c) del artículo 12 referente a la justificación y pago de las ayudas, con el fin de matizar el concepto de gasto realizado con respecto a la justificación de las ayudas dirigidas a entidades locales, conforme a las actuales circunstancias económicas.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto...

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