ORDEN 4/2011, de 23 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan ayudas económicas para la realización de proyectos de innovación educativa sobre el desarrollo del currículo, así como los Premios 2011 de la Comunitat Valenciana a Materiales Didácticos e Innovación Educativa.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo

  1. n), reconoce como uno de los principios básicos del sistema educativo el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

De acuerdo con el artículo 90 de la misma ley, las comunidades autónomas podrán reconocer y premiar la labor didáctica o de investigación del profesorado y de los centros, facilitando la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que hayan merecido dicho reconocimiento por su calidad y esfuerzo. Asimismo, en el artículo 121.3 recoge en su segundo párrafo que corresponde a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del profesorado.

El artículo 6 de la mencionada ley plantea la incorporación de las competencias básicas dentro del currículo de las enseñanzas que regula y establece que los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía.

Por su parte, los diferentes decretos por los que se establecen los currículos para la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, disponen que la Conselleria de Educación, Formación y Empleo favorecerá la elaboración de proyectos de innovación, así como de modelos de programación docente y de materiales didácticos que faciliten al profesorado el desarrollo del currículo. De la misma manera, los reales decretos del currículo de los ciclos formativos plantean la necesidad de fomentar aquellas actuaciones que permitan avanzar hacia un sistema integrado de formación profesional capaz de mantenerse permanentemente adaptado a las necesidades sociales, económicas y profesionales.

Por tanto, la elaboración de las distintas programaciones debe tener en cuenta esta nueva perspectiva del currículo oficial.

Además, para la consecución de los objetivos que pretende la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, resulta necesario que la administración educativa posibilite la elaboración de proyectos de investigación y de materiales curriculares.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en el artículo 6, establece que, con el fin de garantizar la efectiva igualdad entre hombres y mujeres, las administraciones educativas velarán porque en todos los materiales educativos se eliminen los estereotipos sexistas o discriminatorios y porque fomenten la valoración igualitaria de hombres y mujeres. En el mismo sentido se pronuncia en sus planteamientos el Plan de Medidas del Gobierno Valenciano para combatir la Violencia que se ejerce contra las Mujeres.

Asimismo, el Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, aprobado por Acuerdo del Consejo, de 10 de noviembre de 2006, incluye, entre sus acciones, potenciar la elaboración de materiales curriculares coeducativos e incorporar la coeducación como criterio de valoración en la concesión de ayudas.

Por otro lado, la Orden de 11 de abril de 2006, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regula la evaluación diagnóstica en la enseñanza básica de la Comunitat Valenciana, establece como finalidad de la misma la de obtener información que permita comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas del currículo correspondiente a la Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. La obtención de información permite mejorar la calidad de la enseñanza y proporcionar los indicadores para una mejora en la elaboración de programaciones y materiales innovadores. Por tanto, desde la Conselleria de Educación, Formación y Ocupación a la luz de los análisis realizados después de la evaluación diagnóstica y una vez detectados los diferentes ámbitos en que es deseable la mejora, se pro-

pone, como una de las medidas, fomentar los procesos de investigación e innovación que generen materiales didácticos que potencian nuevas alternativas favorecedoras del éxito escolar, en aquellas disciplinas o ámbitos que así lo requieran, con la finalidad de ser utilizados y que sirvan, mediante su difusión, de apoyo en los centros educativos y a la mejora de la práctica educativa, prestando una especial atención a la realidad socio-lingüística de la Comunitat Valenciana.

Por otro lado, los flujos migratorios han convertido a la Comunitat Valenciana en un lugar de destino o, por su situación, también en un punto de tránsito hacia otras comunidades autónomas y otros estados. El Plan director de Inmigración y Convivencia, en el marco del convenio de colaboración suscrito el 6 de octubre de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Presidencia de la Generalitat para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo, contempla medidas para que los centros docentes puedan proporcionar a su alumnado procedente de otros países una escolarización adecuada y una educación de calidad que responda a sus necesidades educativas específicas, fomente su acogida y la consolidación de marcos comunes de convivencia, facilite su participación en las actividades escolares y su inclusión social normalizada.

En consecuencia, la Conselleria de Educación, Formación y Empleo preocupada por la necesidad de mejorar la calidad de la educación, propone la estimulación de la creatividad y la innovación en las aulas, la investigación educativa y el desarrollo del currículo desde la práctica, dando apoyo a los equipos docentes en la elaboración de proyectos innovadores de intervención educativa, así como de materiales didácticos y modelos de programación docente. Todo eso, con la finalidad de incentivar al profesorado, reconocer la labor y potenciar la autonomía y la eficacia educativa de los centros docentes, prestando una especial atención a la adaptación de las enseñanzas a la realidad social, cultural y lingüística de la Comunitat Valenciana.

Por todo ello, y conforme dispone el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consejo y el Decreto 118/2007, de 27 de julio, del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación, vista la propuesta de la directora general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, de fecha 7 de junio de 2011 y de conformidad con esta,

ORDENO

Primero. Objeto

El objeto de esta orden es convocar los Premios 2011 de la Comunitat Valenciana a Materiales Didácticos e Innovación Educativa y un concurso público de ayudas económicas para la realización de proyectos de innovación educativa sobre el desarrollo del currículo. Asimismo, aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que figuran como anexo I y II, respectivamente, los modelos de solicitud, que figuran como anexo III y IV, así como los anexos V, VI y VII.

Segundo. Financiación

Los premios contarán con una dotación máxima de 110.000 euros, que serán abonados con cargo al capítulo IV de la línea de subvención T6968000 del programa 421.50 de los presupuestos de la Generalitat del año 2011.

Las cantidades concedidas a los proyectos seleccionados tendrán la finalidad de ayudar a sufragar parcialmente los gastos que genere su realización. La financiación de estas cantidades asignadas en centros docentes públicos, con carácter de gasto extraordinario de funcionamiento, se abonará a cargo del capítulo II, del programa 421.50 del presupuesto de la Generalitat del año 2011, por un importe global máximo de 87.500 euros. La financiación de estas cantidades, adscritas en centros docentes privados concertados con carácter de subvención, se abonará, a cargo del capítulo IV, de la línea de subvención T6968000 del programa 421.50 del presupuesto de la Generalitat del año 2011, por un importe global máximo de 65.000 euros.

Tercero. Fase de realización de los proyectos

Los proyectos seleccionados se realizarán durante el curso escolar 2011-2012, comprendiendo así un período de diez meses, desde septiembre de 2011 hasta junio de 2012.

Cuarto. Supervisión de los proyectos

La Inspección de Educación supervisará los proyectos que se desarrollen en los centros educativos sujetos a la presente orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional la facultad de resolver la convocatoria y conceder los premios y las ayudas a los proyectos seleccionados, y se le autoriza para adoptar las medidas oportunas para el cumplimiento y aplicación de esta orden y también para resolver y notificar todas las incidencias que se planteen en su interpretación y ejecución.

Segunda

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consejo, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, la presente convocatoria no precisa de su notificación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sus destinatarios no tienen la condición de empresa a que reporte ventaja económica, tratando de persona físicas que no ejercen actividad económica, no existiendo falseamiento de la competencia al no afectar los intercambios comerciales.

Tercera

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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