ORDEN 16/2011, de 21 de marzo, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan ayudas económicas para los centros docentes no universitarios que pertenecen a la Red de Centros de Calidad Educativa de la Comunitat Valenciana.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el capítulo I del título preliminar, como principios y fines de la educación, por un lado la calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias, y por otro, que los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorezcan la calidad de la enseñanza.

La Orden de 22 de marzo de 2005 (DOGV nº 4986, de 15 de abril de 2005), de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, regula el procedimiento para la implantación de sistemas de gestión de calidad en los centros educativos no universitarios de la Comunitat Valenciana, con la creación de la Red de Centros de Calidad Educativa.

La disposición adicional de la misma orden determina que, con el objetivo de incidir en una política de reconocimientos que incentive la implantación en los centros de sistemas de gestión de calidad y refuerce y estimule a los centros, al profesorado, y al alumnado, la Conselleria de Educación podrá establecer los mecanismos que estime más adecuados para la consecución de dicho objetivo.

Desde 2005, en sucesivas Órdenes, la Conselleria de Educación ha apoyado la progresiva implantación de los procesos de calidad en los centros educativos de la Comunitat Valenciana y, con ellas, ha participado en la financiación de los gastos que ocasiona y en el desarrollo de los proyectos de calidad en aquellos centros docentes de la Comunitat que se han ido incorporando a la Red de Calidad.

Las ayudas fueron creadas para servir de estímulo al profesorado en la implantación del sistema de gestión de calidad. La experiencia positiva obtenida en años anteriores motiva que la Conselleria de Educación siga fomentando la cultura de la excelencia en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

Haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y el Decreto 118/2007, de 27 de julio (DOCV nº 5566, de 30 de julio), del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación, y vista la propuesta de la dirección general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional de fecha 8 de marzo de 2011, y de conformidad con la misma,

ORDENO

Primero. Objeto

Se convocan ayudas económicas 2011 a los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunitat Valenciana, que tengan aprobada la implantación de sistemas de gestión de calidad, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 22 de marzo de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, y sean, por tanto, miembros de la Red de Centros de Calidad Educativa, con anterioridad a la fecha de publicación de la presente orden.

Segundo. Bases y requisitos

Se aprueban:

  1. Las bases para la concesión de las ayudas económicas 2011, anexo I.

  2. El modelo de solicitud de las ayudas económicas 2011 y la previsión económica del proyecto anexo II.

  3. El modelo de declaración responsable, según el anexo III.

Tercero. Financiación

  1. Las ayudas económicas concedidas, tendrán como finalidad sufragar parcialmente los gastos de funcionamiento que genere al centro docente la implantación de sistemas de gestión de calidad.

  2. La financiación de estas ayudas para centros docentes de titularidad de la Generalitat, correrá a cargo de la aplicación presupuestaria

    09.02.03.421.50.2 de los presupuestos de la Generalitat para el año 2011 por un importe global máximo de 138.000.00 €.

  3. La financiación de estas ayudas para centros docentes sostenidos con fondos públicos que no son de titularidad de la Generalitat, correrá a cargo de la línea de subvención T 5905000 de la aplicación presupuestaria 09.02.03.421.50.4 de los presupuestos de la Generalitat para el año 2011, por un importe global máximo de 68.900.00 €.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la directora general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional la facultad de conceder estas ayudas, según los criterios de valoración establecidos y a propuesta del órgano instructor.

Segunda

Las ayudas objeto de esta orden no precisan de su notificación a la Comisión Europea, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.4 del Decreto 147/2007, del Consell, de 7 de septiembre, ya que están destinadas a entidades públicas y para actuaciones que no suponen la realización de actividades económicas que puedan suponer un falseamiento de la competencia en los intercambios comerciales de los estados miembros, por lo que no reúnen los requisitos para ser consideradas ayuda de estado a los efectos del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Tercera

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida por los centros privados concertados potestativamente en reposición o plantear directamente un recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

  2. El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Valencia, 21 de marzo de 2011

El conseller de Educación, ALEJANDRO FONT DE MORA TURÓN

ANEXO I

Bases para la concesión de las ayudas económicas 2011 a los centros que estén desarrollando sistemas de gestión de calidad, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 22 de marzo de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte y sean, por tanto, miembros de la Red de Centros de Calidad Educativa. Las subvenciones objeto de la presente orden se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, tal como se regula en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones

Primera. Objeto de la convocatoria

El objeto del anexo I de la orden es establecer las bases para la concesión de las ayudas económicas 2011, dirigidas a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos que tienen implantado un sistema de gestión de calidad, de...

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