ORDEN 9/2019, de 4 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se incluyen nuevas actividades en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunitat Valenciana. [2019/9521]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo |
Rango de Ley | Orden |
El Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunitat Valenciana, previsto en el artículo 4 de la Ley 1/1984, de 18 de abril, de ordenación de la artesanía, fue aprobado por la Orden de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo de 4 de junio de 1985. El artículo segundo de la orden mencionada establece que el repertorio tiene el carácter de revisable, y la revisión se tiene que hacer, periódicamente, con un informe previo de la Comisión de Artesanía, de oficio, a petición de las personas interesadas o a propuesta de la comisión mencionada.
Este Repertorio ha sido ampliado con la incorporación de nuevas actividades mediante Orden de 9 de septiembre de 1994, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, Orden de 22 de febrero de 2007, de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, y Orden de 29 de diciembre, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Ocupación.
Ante la demanda motivada de distintos colectivos artesanos para que sean incluidos sus oficios en el repertorio, y una vez que se ha emitido un informe favorable y unánime por parte de la Comisión de Artesanía, se hace necesaria la aprobación de una nueva orden que amplíe el repertorio e incluya las actividades propuestas.
Con este informe de la Comisión de Artesanía se ha cumplido el trámite de consulta previa establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Igualmente, tal y como se ha indicado, esta norma se ha dictado atendiendo a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, de conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De acuerdo con lo que se ha expuesto, y en virtud de las facultades que me confieren el epígrafe e del artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 2 de la Orden de 4 de junio de 1985, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, después del informe previo favorable de la Comisión de Artesanía,
ORDENO
Se incluyen en el Repertorio de Oficios Artesanos, si reúnen los requisitos que establecen los artículos 1 i 4 de...
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