ORDEN 7/2020, de 11 de febrero, de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se desarrolla el Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital. [2020/1269]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Título I Estructura y funciones de los servicios centrales de la Conselleria Artículos 1 a 7
Capítulo I Unidades que dependen directamente de la persona titular de la Conselleria Artículos 1 a 7
Artículo 1 Gabinete de la persona titular de la Conselleria Capítulo II

Unidades administrativas que dependen de las secretarias autonómicas.

Sección primera Secretaría Autonómica de Universidades e Investigación Artículos 2 a 7
Artículo 2 Dirección General de Universidades
Artículo 3 Subdirección General de Universidades
Artículo 4 Dirección General de Ciencia e Investigación
Artículo 5 Subdirección General de Ciencia e Investigación Sección segunda

Secretaría Autonómica de Innovación y Transformación Digital.

Artículo 6 Dirección General de Innovación
Artículo 7 Subdirección General para el Fomento de la Innovación Artículo 8

Dirección General para el Avance de la Sociedad Digital Artículo 9. Subdirección General para el Avance de la Sociedad Digital y de la Inteligencia Artificial.

Artículo 10 Dirección General para la Lucha contra la Brecha Digital
Capítulo III Subsecretaría
Artículo 11 Subsecretaría
Artículo 12 Secretaría General Administrativa
Artículo 13 Subdirección General del Gabinete Técnico
Título II Las direcciones territoriales
Artículo 14 Estructura territorial de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital
Artículo 15 Titulares de las direcciones territoriales
Artículo 16 Secretarías territoriales
Disposición transitoria única Régimen transitorio de las unidades y puestos de trabajo de nivel administrativo
Disposición final única Entrada en vigor
PREÁMBULO

El Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, entre las que se encuentra la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, con competencias en materia de universidades, ciencia, e investigación e innovación tecnológica. Esta norma organizativa ha sido completada, en cuanto a las secretarías autonómicas, por el Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la Generalitat.

Por su parte, el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, con el objetivo primordial de atender con eficacia las competencias que se han atribuido a cada uno de los departamentos mencionados.

Por último, mediante Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, se ha aprobado el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, adecuando su estructura directiva al nuevo marco normativo y régimen competencial, y determinando las funciones que se atribuyen a los órganos superiores y centros directivos que la componen.

El artículo 145.2 del Decreto 105/2019, dispone que con posterioridad a la aprobación del reglamento orgánico y funcional, el nivel administrativo se desarrollará mediante orden de esta conselleria.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 4 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, y el artículo 28.e) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, previos informes de las consellerias de Hacienda y Modelo Económico, y de Justicia, Interior y Administración Pública,

ORDENO

TÍTULO I Artículos 8 a 13

Estructura y funciones de los servicios centrales de la Conselleria

CAPÍTULO I

Unidades que dependen directamente de la persona titular de la Conselleria

Artículo 1 Gabinete de la persona titular de la Conselleria

El gabinete de la persona titular de la Conselleria es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata a esta, de quien depende directamente, y desarrolla las funciones señaladas en el artículo 5 del Decreto 243/2019, de 25 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital.

CAPÍTULO II Artículos 8 a 10

Unidades administrativas que dependen de las secretarias autonómicas

Sección primera

Secretaría Autonómica de Universidades e Investigación

Artículo 2 Dirección General de Universidades

De la Dirección General de Universidades depende, como unidad administrativa de nivel superior, la Subdirección General de Universidades.

Artículo 3 Subdirección General de Universidades
  1. A la Subdirección General de Universidades le corresponde asesorar y prestar apoyo y asistencia técnica a la persona titular de la Dirección General de Universidades, coordinar administrativamente las relaciones con la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva y el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, así como planificar, dirigir, controlar, coordinar y supervisar la actividad de los servicios bajo su dependencia que se indican a continuación:

    1. Servicio de Gestión Económico-presupuestaria de las Universidades.

    2. Servicio de Regulación Universitaria.

    3. Servicio de Coordinación e Información Universitaria.

  2. Al Servicio de Gestión Económico-presupuestaria de las Universidades le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

    1. Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuestos de la dirección general, en coordinación con el resto de servicios de la Dirección General de Universidades, así como gestionar el programa o programas presupuestarios asignados, e informar sobre su estado de ejecución y grado de cumplimiento tanto de sus objetivos, como de sus líneas de actuación.

    2. Elaborar y gestionar los programas de financiación del sistema universitario, en especial los de carácter plurianual, así como otros instrumentos de financiación y de colaboración necesarios para el desarrollo de las finalidades de las universidades públicas.

    3. Analizar y elaborar la propuesta de tasas por la prestación de servicios académicos universitarios y de estudios superiores.

    4. Instruir y gestionar las becas y ayudas a los estudios universitarios y estudios superiores.

    5. Tramitar las propuestas de las operaciones de crédito, financieras y de disposición de fondos de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.

    6. La gestión económico-presupuestaria que no esté expresamente atribuida al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, en materia de enseñanzas artísticas superiores.

    7. Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.

  3. Al Servicio de Regulación Universitaria le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

    1. Tramitar las propuestas de creación, supresión, modificación, adscripción e integración, según proceda, de universidades, facultades, escuelas técnicas superiores, escuelas universitarias, institutos universitarios, colegios universitarios y colegios mayores, y de aquellos otros centros universitarios cuya creación no corresponda a las universidades, así como los expedientes de autorización de enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado.

    2. Coordinar la organización de los procedimientos selectivos necesarios para el acceso a la universidad, así como del procedimiento de preinscripción para el acceso a los centros universitarios.

    3. Gestionar y dotar de información al Registro de Universidades, Centros y Enseñanzas.

    4. Realizar la gestión jurídico-administrativa en materia de enseñanzas artísticas superiores que no esté expresamente atribuida al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.

    5. Tramitar las propuestas y proyectos normativos de la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva, cuando no esté expresamente atribuida a esta entidad de derecho público.

    6. Elaborar y tramitar las propuestas de normativa en materia de universidades y formación superior, así como la propuesta e informe en relación con los proyectos normativos de competencia del Estado o de la normativa vigente.

    7. Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.

  4. Al Servicio de Coordinación e Información Universitaria le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

    1. Gestionar los sistemas de información a las personas usuarias de todo lo referente a las becas y ayudas a los estudios universitarios. b) Elaborar, gestionar y realizar el seguimiento de los convenios de colaboración en enseñanza universitaria, así como el conocimiento y toma de razón de los convenios que suscriban las universidades públicas de la Comunitat Valenciana con los departamentos y entidades públicas o privadas dependientes o vinculadas a la Generalitat.

    2. La toma de razón a que se refiere la disposición adicional cuarta de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano, sin perjuicio de las atribuciones conferidas al Servicio de Gestión Económico-presupuestaria de las universidades.

    3. Gestionar e implementar los sistemas de información universitaria puestos a disposición de las personas usuarias en todo lo referente al acceso a la universidad y a la oferta de títulos y...

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