ORDEN 7/2016, de 8 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la cual se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de prácticas académicas externas, en el Institut Cartogràfic Valencià, en el marco de un convenio de colaboración educativa.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
Rango de LeyOrden
Preámbulo
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Convenio de colaboración educativa
Artículo 3 Entidad colaboradora
Artículo 4 Dotación económica
Artículo 5 Duración de las ayudas de estudios
Artículo 6 Destinatarios, solicitantes y requisitos
Artículo 7 Formalización de las solicitudes y plazo de presentación
Artículo 8 Ordenación e instrucción
Artículo 9 Proceso de selección y acreditación de los méritos
Artículo 10 Comisión evaluadora
Artículo 11 Concesión, notificación y publicidad

Plazo de resolución del procedimiento.

Artículo 12 Incompatibilidades
Artículo 13 Obligaciones y derechos de las personas beneficiarias
Artículo 14 Obligaciones del órgano concedente
Artículo 15 Justificación y pago de las ayudas de estudios
Artículo 16 Bolsas de reserva
Artículo 17 Renuncia
Artículo 18 Rescisión
Artículo 19 Reintegro
Artículo 20 Facultades de interpretación
Artículo 21 Protección de datos
Disposición adicional única Cláusula de no incidencia presupuestaria
Disposición final única Entrada en vigor

Anexo

PREÁMBULO

La Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de creación del Institut Cartogràfic Valencià, le atribuye el impulso, coordinación y fomento del desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat. Entre sus funciones está la elaboración, reproducción y distribución de los trabajos cartográficos de base, así como la investigación y desarrollo de nuevas técnicas en el dominio de la ingeniería geodésica, cartográfica y topográfica.

Ha sido una constante del Institut Cartogràfic Valencià desde su creación, desarrollar acciones de fomento de la ocupación de los jóvenes, mediante la previsión en sus presupuestos anuales de diferentes líneas de subvención, ofreciéndoles una formación práctica, que pretende su incorporación al mercado laboral con un mínimo de experiencia profesional.

En la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales se pone especial énfasis en la realización de prácticas externas por los estudiantes universitarios. Así, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, contempla tanto para los estudios de grado como para los de máster, las prácticas externas como formación integrada en los planes de estudios.

Estas prácticas están reguladas por el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el cual se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, que, a su vez, remite su concreción a la normativa que cada Universidad apruebe, que en todo caso habrá de garantizar el respeto a los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades. La finalidad de estas prácticas es impulsar la empleabilidad de los futuros profesionales, fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e innovación.

En la exposición de motivos de dicho real decreto se expone que la regulación de las enseñanzas universitarias ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de las administraciones públicas y en el de las empresas privadas, que son configuradas como entidades colaboradoras de la universidad. En concreto, regula el régimen jurídico de las prácticas académicas externas, en cuanto a los destinatarios, los derechos y obligaciones de las partes, el desarrollo de la práctica, su oferta, difusión y adjudicación.

Asimismo, el real decreto prevé como mecanismo de coordinación entre la universidad y la entidad colaboradora, el convenio de cooperación educativa, que podrá establecer una bolsa o ayuda de estudios a cargo de la entidad colaboradora, de forma que en la organización y desarrollo de las prácticas se procurará que la realización de las mismas conlleve el menor sobre esfuerzo económico para los estudiantes.

Así pues, el objeto de esta orden es regular la ayuda económica que se prevé en los respectivos convenios de cooperación educativa que el Institut Cartogràfic Valencià suscriba, remitiéndose en cuanto al régimen jurídico de la práctica académica externa a lo previsto en el Real Decreto 592/2014, a la normativa universitaria de desarrollo y al convenio de cooperación educativa.

Las subvenciones objeto de la presente orden, no están sujetas a la política de la competencia de la Unión Europea en materia de subvenciones y, por tanto, no precisan notificación a la Comisión Europea, por no reunir los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ya que, en razón de la cualidad de las personas beneficiarias, estudiantes universitarios, y del objeto de las ayudas, prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, estas acciones subvencionables no afectan a la competencia, ni a los intercambios comerciales entre los estados miembros, y tampoco favorecen a determinadas empresas o producciones.

Por tanto, con la percepción de las citadas ayudas de estudios, no existe ventaja económica alguna, ni desarrollo de actividad económica en el mercado relacionada con la oferta de bienes y servicios, que permitan la posibilidad de falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales entre estados miembros, a los efectos señalados en el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar subvenciones públicas.

De acuerdo con la Ley 1/2015, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones; la Ley 38/2003, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el cual se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

Por todo ello, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en relación con el artículo 10 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, por el que determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, y el Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, conforme con el Consell Jurídic Consultiu,

ORDENO

Artículo 1 Objeto
  1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de concesión de ayudas para la realización de prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, por estudiantes matriculados en las universidades con las que el Institut Cartogràfic Valencià suscriba el correspondiente convenio de colaboración educativa, en las áreas de conocimiento que son propias de su competencia.

  2. El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

    En el anexo de esta orden se establece un baremo general para la concesión de las ayudas con criterios objetivos y claros de valoración, en los que basar la resolución de concesión. Las convocatorias de las ayudas determinarán los apartados de dicho baremo que se consideren de aplicación, en función del objeto y finalidad de la práctica académica.

  3. Las prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, tienen como fin apoyar la formación complementaria, mejora y especialización profesional de los estudiantes universitarios, poniendo en relación los conocimientos adquiridos, con las áreas de competencia del Institut Cartogràfic Valencià.

Artículo 2 Convenio de colaboración educativa
  1. Para la realización de las prácticas externas el Institut Cartogràfic Valencià suscribirá un convenio de cooperación educativa con la universidad que corresponda, con el fin de que las prácticas tengan un reconocimiento académico dentro de los estudios universitarios que estén cursando los estudiantes, de acuerdo con el procedimiento de cada universidad.

  2. Dicho convenio reunirá el contenido establecido en el artículo 7 del Real Decreto 592/2014. En todo caso, señalará la forma en la que la universidad publicará la oferta de prácticas formativas del Institut Cartogràfic Valencià, así como la forma en la que los estudiantes habrán de presentar la solicitud de participación en el proceso de selección. El convenio incluirá un anexo, a formalizar por la universidad, el Institut Cartogràfic Valencià y el estudiante, caso por caso, en función de su situación académica, que concretará la duración...

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