ORDEN 7/2015, de 10 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la integración sociolaboral de trabajadores y trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyOrden

El artículo 35 de la Constitución reconoce el derecho de todos los españoles al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, haciendo recaer sobre los poderes públicos, según lo establecido en el artículo 9.2 de la Constitución Española, la obligación de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en su artículo 10, dirige la actuación de la Generalitat primordialmente a garantizar la igualdad de derechos de hombres y mujeres en todos los ámbitos, y en particular en materia de empleo y trabajo.

En cumplimiento de estos principios se publica la Ley 1/2007, de 5 de febrero, de la Generalitat, por la que se regulan las empresas de inserción para fomentar la inclusión social en la Comunitat Valenciana (DOCV 09.02.2007).

Posteriormente y a nivel nacional se publica la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que parte de las mismas premisas que la norma autonómica, reconociendo como rasgo común a casi todas las situaciones de exclusión social, la dificultad para participar en los mecanismos habituales de formación e inserción laboral.

El 16 de junio de 2009, y en desarrollo de la Ley 1/2007, se publica el Decreto 81/2009, de 12 de junio, por el que se dictan normas de desarrollo para la calificación, registro y fomento de las empresas de inserción en la Comunitat Valenciana, conteniendo en sus artículos 14 y 15 reglas aplicables a las ayudas a estas entidades.

El Real Decreto 751/2014, de 5 de septiembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, continuando con la política de aumento de la eficacia de las políticas activas de trabajo y de coordinación entre los servicios públicos de empleo nacionales y regionales, incluye la evaluación como aspecto reforzado de diseño, planificación, programación, ejecución y control de los resultados de las políticas de activación para el empleo, considerándose clave en el nuevo modelo de políticas activas de empleo, el cambio del modelo de financiación que pasa del modelo articulado en base a programas establecidos centralizadamente a un nuevo modelo acorde con las competencias de las comunidades autónomas en políticas activas, en el marco de la unidad de mercado, y basado en la evaluación.

Para el cumplimiento de sus objetivos, la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, cuenta con objetivos estratégicos o prioritarios y objetivos estructurales, agrupándose estos en seis ejes de las políticas de activación para el empleo entre los cuales destaca el Eje 3, «Oportunidades de empleo», que incluye actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación de las personas en situación de exclusión social.

Por su parte, el Plan Estratégico del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (en adelante SERVEF) 2014-2020, estructurado en cinco ejes de actuación, recoge el objetivo 2.6, «Mejorar las oportunidades de empleo y la estructura del mercado de trabajo», dentro de su Eje 2, «El SERVEF como proveedor de servicios», incluyendo como Medidas las orientadas hacia los colectivos con especiales dificultades, dentro de los cuales consta como colectivo de acción prioritaria a las «Personas en situación o riesgo de exclusión social».

El Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 3/2015, 24 de octubre, predetermina en su artículo 30 que las personas en situación de exclusión social sea uno de los colectivos prioritarios que merezcan la atención del Estado y de las comunidades autónomas para acceder al mercado de trabajo.

En la presente orden se recogen las ayudas destinadas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción, de trabajadores y trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social, como paso previo a su inserción definitiva en el mercado ordinario de trabajo, así como las ayudas a empresas que contraten a estos trabajadores y trabajadoras una vez hayan realizado su itinerario en las empresas de inserción citadas.

La Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social (publicada en el BOE de 10.09.2015), que entra en vigor según la disposición final segunda a los 30 días de su publicación en el BOE, incluye en su artículo tercero como modificación de la Ley 5/2011, de 29 marzo, de Economía Social, la declaración de los centros especiales de empleo y empresas de inserción como entidades prestadoras de servicios de interés económico general. Ello les permitirá ampliar hasta los 500.000 € la cuantía que pueden recibir en concepto de subvenciones en un período de tres años. Por ello, en cuanto al derecho de la competencia, y en relación a las ayudas a las empresas de inserción, se recoge en las bases aprobadas por la presente orden la aplicación del Reglamento UE 360/2012, de la Comisión, de 25 de abril de 2012.

En su virtud y en uso de las facultades conferidas por la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el artículo 165 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones,

ORDENO

Artículo único Aprobación de las bases reguladoras

Conforme con el dictamen del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, se aprueban las bases reguladoras como anexo a la orden elaborada por la Dirección General del SERVEF, con la participación, a través del trámite de audiencia, de la Asociación Valenciana de Empresas de Inserción y de las organizaciones sindicales, que deben regir el régimen de concesión de subvenciones destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social dentro de las empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como ayudas a las empresas ordinarias que contraten trabajadores procedentes de empresas de inserción.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Normativa de aplicación

  1. Estas ayudas tienen la consideración de subvenciones públicas y se rigen por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento, y demás normativa concordante, y por la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

  2. Las ayudas que se concedan al amparo de esta orden recogen las bases establecidas en el Decreto 81/2009, del Consell, en relación con la Ley 1/2007, de 5 de febrero, de la Generalitat, y con la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

Segunda. La situación de exclusión social

A los efectos de la presente orden, la situación de exclusión social se acreditará por los servicios sociales, generales o especializados, de las administraciones públicas, y queda determinada por la pertenencia a alguno de los colectivos recogidos en el artículo 4 de la Ley 1/2007, de 5 de febrero, de la Generalitat, por la que se regulan las empresas de inserción para fomentar la inclusión social en la Comunitat Valenciana, desarrollada por el Decreto 81/2009, y en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.

Tercera. Modelos normalizados

Los formularios normalizados para la tramitación de estas subvenciones se encuentran disponibles en la dirección de internet www.servef. es. No obstante ello, dichos formularios estarán asimismo a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General del SERVEF.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Facultades de ejecución

Se faculta a la persona titular de la Dirección General del SERVEF para dictar las instrucciones y adoptar las medidas que considere oportunas para la aplicación y ejecución de esta orden.

Segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 10 de noviembre de 2015

El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo,

RAFAEL CLIMENT GONZÁLEZ

ANEXO

Bases reguladoras

TÍTULO I
Disposiciones generales y procedimiento
CAPÍTULO I Disposiciones generales

Primera. Objeto

El objeto de la orden es establecer un programa de ayudas destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social dentro de las empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como ayudas a las empresas ordinarias que contraten trabajadores procedentes de empresas de inserción.

Segunda. Ámbito de aplicación

1) La presente orden regula las ayudas destinadas a las empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana, y que habiendo sido calificadas con carácter definitivo por el SERVEF, contraten trabajadores y trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social.

2) Asimismo la presente orden recoge ayudas para las empresas ordinarias que desarrollen su actividad en la...

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