ORDEN 6/2015, de 10 de abril, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, de desarrollo del capítulo II del Decreto 94/1996, de 21 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la gestión de la deuda pública, la gestión financiera y la coordinación del endeudamiento de las entidades autónomas y empresas de la Generalitat Valenciana.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Hacienda y Administración Pública |
Rango de Ley | Orden |
La regulación de la gestión del endeudamiento, en sentido amplio, de la Generalitat, incluyéndose en este concepto tanto la deuda pública, titulizada o no, como el endeudamiento de sus entidades autónomas y empresas, viene recogida en el Decreto 94/1996, de 21 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la gestión de la deuda pública, la gestión financiera, y la coordinación del endeudamiento de las entidades autónomas y empresas de la Generalitat Valenciana.
La Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, establece como principios generales los de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Asimismo, el objetivo prioritario de las operaciones financieras debe ser la consecución de las proposiciones más ventajosas en su conjunto, y en particular, la obtención del menor coste posible para la Generalitat, cualquiera que sea la moneda en la que se pretenda mantener el riesgo, así como la apertura de nuevos mercados y clases de inversores, la diversificación de las fuentes de financiación y, en general todo aquello que permita mejorar las condiciones aplicables a los productos financieros emitidos por la Generalitat.
El título IV de la Ley 1/2015 desarrolla los aspectos relativos a la deuda pública y establece en el artículo 85.1 la forma de contabilizar las operaciones de endeudamiento, determinándose que el producto de las operaciones de endeudamiento se ingresará en la tesorería de la Generalitat y se aplicará al estado de ingresos de la Generalitat, a excepción de las operaciones con plazo no superior a un año, que se contabilizarán como operaciones extrapresupuestaria.
La Orden de 23 de septiembre de 1998, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, en los términos establecidos por la Orden de 12 diciembre de 2002, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, desarrolló parcialmente el Decreto 94/1996, de 21 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la gestión de la deuda pública de la Generalitat Valenciana.
Los cambios introducidos por la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, hacen necesaria la modificación de la Orden de 23 de septiembre de 1998, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública y la Orden de 12 de diciembre de 2002, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
Por otra parte, la Generalitat ha acometido un ambicioso plan de simplificación normativa, cuyas líneas de actuación se contienen en el 2o Plan de Simplificación y Reducción de Cargas Administrativas (Plan SIRCA-2, 2013-2015), aprobado por Acuerdo del Consell de 10 de mayo de 2013, y a través del cual se busca, precisamente, contribuir a lograr un ordenamiento jurídico más eficaz y eficiente, totalmente accesible a los ciudadanos, transparente, así como de fácil...
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