ORDEN 4/2017, de 21 de junio, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, sobre contabilidad de los anticipos de caja fija. [2017/5736]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Hacienda y Modelo Económico
Rango de LeyOrden

El Decreto 25/2017, de 24 de febrero, del Consell, y la Orden 2/2017, de 29 de marzo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, han efectuado el desarrollo reglamentario de los anticipos de caja fija previstos en el artículo 63 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

La presente orden desarrolla las normas de contabilidad aplicables a los anticipos de caja fija, de acuerdo con la regulación señalada en el párrafo anterior, así como con el Plan general de contabilidad pública vigente.

Por lo expuesto, en virtud de la autorización contenida en la disposición final primera del mencionado decreto, y haciendo constar que la presente orden está incluida como una de las iniciativas reglamentarias a tramitar por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico en el marco del Plan normativo de la Administración de la Generalitat 2017, aprobado por Acuerdo del Consell de 17 de febrero de 2017,

ORDENO

Aprobar las reglas de contabilidad aplicables a los anticipos de caja fija que se adjuntan como anexo a la presente orden.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única

Queda derogada la Orden de 3 de febrero de 1999, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, sobre contabilidad de los fondos de caja fija.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única

La aplicación de lo dispuesto en esta orden no tendrá incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la Generalitat y, en todo, caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de dicha administración.

València, 21 de junio de 2017

El conseller de Hacienda y Modelo Económico, VICENT SOLER I MARCO

ANEXO

Reglas de contabilidad aplicables a los anticipos de caja fija

Regla 1. Contabilización de las propuestas sobre la cuantía global de los fondos de caja fija

1.1. Una vez autorizadas por resolución de la secretaría autonómica competente en materia de tesorería las propuestas de distribución de fondos por cajas pagadoras realizadas por las subsecretarías de cada conselleria o por las unidades equivalentes a las que las cajas estén adscritas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Decreto 25/2017, de 24 de febrero, del Consell, por el que se regulan los fondos de caja fija, deberán remitirse a la intervención delegada correspondiente, junto con las...

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