ORDEN 21/2017, de 25 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se regulan las bases de las ayudas a la participación por primera vez de agricultores y agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras en regímenes de calidad de productos agrícolas y alimentarios, y a las actividades de información y promoción llevadas a término por grupos de personas productoras en el mercado interior, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Valenciana 2014-2020. [2017/7323]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La promoción de los productos agroalimentarios constituye un elemento clave a la hora de diseñar estrategias de comercialización. En el actual escenario global de mercados agrarios, la mejora de la competitividad requiere de la necesaria implementación de programas de calidad que permitan a los productos, y a las personas productoras en ellos integrados, a obtener el mejor acceso al mercado a través de la diferenciación. Así pues, para que se alcancen los efectos esperados es necesario informar y promocionar dicha diferencia de calidad ante los consumidores.

Por otro lado, la participación de las personas productoras en regímenes de calidad no está completamente remunerada por el mercado, especialmente en los primeros años de incorporación al sistema, que es cuando se imponen las obligaciones y los costes adicionales. Es necesario, por tanto, apoyar a aquellos que entren a formar parte de un régimen de calidad incluido en la legislación europea.

Por tanto, el objeto de las presentes ayudas son la mejora de la competitividad agrícola, la mejora de la calidad de la producción y de los productos, sensibilizar a los consumidores sobre la disponibilidad de productos de alta calidad procedentes de la Comunitat Valenciana y facilitar la diversificación, la creación y el desarrollo de pequeñas empresas, así como la creación de empleo.

El Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, establece para el período de programación 2014-2020, entre otras, una medida destinada a apoyar a las personas agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras que participen por primera vez en regímenes de calidad, así como al apoyo de las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de personas productoras en el mercado interior, medida incluida también en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020.

En aplicación de los artículos 1.4 y 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas: se especifica que a las ayudas reguladas en la presente orden y a las convocatorias que se realicen en aplicación de la misma, no les resulta aplicable el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), dado que los fondos destinados a financiar las actuaciones previstas tienen un origen comunitario, en el marco de las previsiones del artículo 81.2 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 que establece que «los artículos 107, 108 y 109 del TFUE no serán aplicables a los pagos efectuados por los Estados miembros en virtud y de conformidad con el presente Reglamento ni a la financiación suplementaria nacional contemplada en el artículo 82, dentro del ámbito de aplicación del artículo 42 del TFUE».

En virtud del artículo 49.3 de la Ley orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, corresponde a esta Comunidad Autónoma, respetando lo dispuesto en el artículo 149.1. de la Constitución, la competencia exclusiva en materia de agricultura, reforma y desarrollo agrario, y ganadería.

Por todo lo expuesto, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28.e de la Ley 5/1983, del Consell, de 30 de diciembre de 1983, el artículo 160.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones y vista la propuesta de la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 158/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, en su redacción vigente, y conforme con los informes emitidos por la Abogacía de la Generalitat en la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural y conforme al informe emitido por el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana,

ORDENO

Artículo único Aprobación de las bases reguladoras

Se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la participación por primera vez de agricultores y agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras en regímenes de calidad de productos agrícolas y alimenticios, y a las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de personas productoras en el mercado interior, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 contenidas en los anexos I y II de la presente orden.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Normativa de aplicación

A las presentes ayudas, además de serles de aplicación lo dispuesto en la presente orden, les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, así como la normativa comunitaria de aplicación.

Segunda. Delegación de competencias y facultad de desarrollo

Se delega en la persona titular de la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria la concesión y denegación de las ayudas contempladas en esta orden de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 26 de abril de 2012 por el que se delegan las funciones de autorización del pago de fondos FEADER entre el organismo pagador y los distintos órganos administrativos de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, así como de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, y de la Conselleria de Gobernación, mientras no se modifique el mismo, y se le faculta para dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma.

Tercera. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 25 de julio de 2017.- La consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural: Elena Cebrián Blasco.

ANEXO I

Bases reguladoras para la concesión de ayudas a la participación por primera vez de agricultores y agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras en regímenes de calidad de productos agrícolas y alimenticios en el marco del programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020

Primera. Objeto

  1. El objeto de las subvenciones previstas en el presente anexo es el fomento de la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, a través de la participación de las personas agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras en programas relativos a la calidad diferenciada incluidos en el Plan de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020.

    En el caso de las personas agricultoras que sean socias de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, que participen en programas de calidad relativos a frutas y hortalizas, el apoyo se llevará a cabo, exclusivamente, a través de los programas operativos de frutas y hortalizas.

  2. Las ayudas recogidas en el presente anexo desarrollan la Submedida 3.1. «Ayudas a la participación por vez primera de agricultores y agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras en Regímenes de Calidad de productos agrícolas y alimenticios» de la Medida 3. «Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios» del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 (en adelante PDR 2014-2020), y prevista en el artículo 16.1 del capítulo I «Medidas» del título III «Ayuda al Desarrollo Rural» del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

  3. Lo dispuesto en el presente anexo se aplicará a las convocatorias publicadas en el marco del PDR CV 2014-2020.

  4. Estas subvenciones son cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y la conselleria competente en materia de agricultura de la Generalitat, en los términos previstos en el PDR CV 2014-2020.

    Segunda. Definiciones

    A efectos de esta orden y este anexo se establecen las siguientes definiciones:

  5. Persona productora: la persona física o jurídica cuya explotación se encuentre en el ámbito territorial de la Comunitat y que ejerza una actividad agraria.

  6. Agrupaciones de personas productoras: los consejos reguladores y las entidades asociativas sin ánimo de lucro en que participan personas agricultoras implicadas en algún programa de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat.

  7. Regímenes de calidad objeto de auxilio:

    3.1. Los regímenes de calidad establecidos en virtud de los siguientes reglamentos y disposiciones:

    1. El Reglamento (UE) núm. 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 343 de...

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