ORDEN 13/2016, de 14 de diciembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se amplía el área de prestación conjunta de Castellón para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Decreto 18/1985, de 23 de febrero, del Consell, faculta a la conselleria competente en materia de transportes para la creación, delimitación y ordenación, dentro del territorio de nuestra comunitat, de áreas de prestación conjunta para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo.

Por Orden de 15 de julio de 1991, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, se creó el área de prestación conjunta de Castellón, para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo, incluyendo en su ámbito territorial a los municipios de Almassora, Benicàssim, Borriol y Castellón.

Por Orden de 1 de julio de 2008, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, se amplió el área de prestación conjunta de Castellón con los municipios de Benlloch, Borriana, Vilanova d'Alcolea y Vila-real.

La estación ferroviaria de Borriana-les Alqueries, punto de inicio habitual de servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo, se encuentra ubicada en el término municipal de les Alqueries, municipio que limita con los de Vila-real y Borriana, que ya se encuentran incluidos en el área de prestación conjunta de Castellón.

Por todo lo cual, y con el objeto de garantizar la suficiente oferta de servicio, procede incluir el municipio de les Alqueries en el ámbito territorial del área de prestación conjunta de Castellón, lo que redundará en una mayor calidad en la prestación del servicio del taxi al ciudadano.

Por todo ello, en virtud del artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, del artículo 4 del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional, y cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 43 de la citada ley y en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la Forma, la Estructura y el Procedimiento de Elaboración de los Proyectos Normativos de la Generalitat, a propuesta del director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad,

ORDENO

Artículo Único Ampliación del área de prestación conjunta de Castellón

Se amplía el área de prestación conjunta de Castellón para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo, integrada hasta ahora por los...

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