ORDEN 12/2018, de 5 de junio, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se crean las oficinas de la Generalitat de asistencia a las víctimas del delito de Carlet, Ontinyent, Llíria, Picassent y Utiel. [2018/5682]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas |
Rango de Ley | Orden |
Con la publicación del Decreto 165/2016, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se crea y regula la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito, se crea y regula la Red de Oficinas de la Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito (OAVD), estableciendo su organización y régimen de funcionamiento de acuerdo con lo dispuesto la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito, y se relaciona en el anexo I el listado de las oficinas que forman parte de la citada red.
Una vez puesta en marcha la Red de Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, y teniendo en cuenta la incidencia del número de víctimas atendidas y las órdenes de protección cursadas, y con el fin de seguir prestando un servicio público de calidad a las víctimas del delito de la Comunitat Valenciana, se ha decidido ampliar el número de oficinas que forman parte de la red actual a los partidos judiciales de Carlet, Ontinyent, Llíria y Picassent.
Por otro lado, resulta necesario incorporar a esta nueva red la oficina de Utiel que ha venido funcionando en esta la localidad con el apoyo de la Mancomunidad del Interior Tierra del Vino, y que ha proporcionado un servicio de atención a las víctimas del delito en un amplio territorio de la comarca de Requena-Utiel.
En la disposición final segunda del citado Decreto 165/2016 se establece que «La creación, reubicación o supresión de las oficinas de atención a las víctimas del delito de ámbito inferior al provincial se llevará a cabo mediante orden de la conselleria con competencia en materia de atención a las víctimas del delito».
La presente orden se encuentra incluida en el Plan normativo de la Administración de la Generalitat 2018, y en su proceso de elaboración se han emitido los preceptivos informes de la Abogacía de la Generalitat y la Intervención Delegada de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas; se han realizado los trámites de audiencia pertinentes y se ha dado cumplimiento al artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell.
Por todo ello, y en cumplimiento con lo recogido en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba