ORDEN 12/2015, de 13 de marzo, de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se modifica la Orden 9/2014, de 29 de abril, de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establecen ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de miel en la Comunitat Valenciana.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua |
Rango de Ley | Orden |
Con la publicación de la Orden 9/2014, de 29 de abril, de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establecen ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de miel en la Comunitat Valenciana (DOCV
16.05.2014) se abrió el período de tres años para regular la gestión de las citadas ayudas, amparadas en el Programa Nacional de Medidas de ayuda a la Apicultura para el período 2014/2016, aprobado por la Decisión de ejecución de la Comisión de 12 de agosto de 2013.
Durante la aplicación de la citada Orden 9/2014, de 29 de abril, se han producido algunas dudas interpretativas de ciertos párrafos o frases de la norma, y se ha considerado la conveniencia de matizar o incluir otros aspectos que faciliten su gestión.
Por todo ello, a propuesta del director general competente en materia de ganadería, oídas las principales organizaciones agrarias y agrupaciones de apicultores en la Comunitat Valenciana, y al amparo de las facultades atribuidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el artículo 47.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana y el Decreto 89/2014, de 13 de junio, del Consell, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Presidencia y de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua,
ORDENO
Se modifica la Orden 9/2014, de 29 de abril, de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se establecen ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de miel en la Comunitat Valenciana, en el sentido que se concreta en el Anexo de la presente disposición.
Primera. Autorización para el desarrollo de la orden
Se faculta al titular de la consellería competente en materia de sanidad y bienestar animal para el desarrollo, aplicación y convocatorias de la presente orden de ayudas.
Segunda. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de Comunitat Valenciana
ANEXO
Apartado primero
El párrafo quinto del artículo 2 de la Orden 9/2014, pasa a tener la siguiente redacción:
También tendrán acceso a esta línea de ayudas las agrupaciones de apicultores, siempre y cuando cuenten con personalidad jurídica como grupo y al menos el 75 % de sus miembros cumplan las condiciones del párrafo anterior. Este mínimo se fija en un 51 % para las Organizaciones Profesionales Agrarias y las ADS que desarrollen programas previstos en esta orden. En todo caso, los potenciales beneficiarios finales de las...
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