ORDEN 10/2020, de 22 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de miel en la Comunitat Valenciana. [2020/3051]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Rango de LeyOrden

Indice

Preámbulo
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Definiciones
Artículo 3 Beneficiarios .Requisitos y obligaciones
Artículo 4 Medidas subvencionables y condiciones específicas
Artículo 5 Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y ponderación de estos.
Artículo 6 Convocatoria y solicitudes de ayuda
Artículo 7 Procedimiento de concesión
Artículo 8 Cuantía y límites de ayuda
Artículo 9 Plazo de ejecución
Artículo 10 Justificación del gasto y comprobación Artículo 11

Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias Artículo 12. Controles.

Artículo 13 Incompatibilidades
Artículo 14 Modificación, minoración y reintegro Artículo 15

Protección de datos de carácter personal Disposición adicional.

Disposición derogatoria
Disposición final
PREÁMBULO

El Reglamento (UE) N.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, contempla en su artículo 55, la elaboración de programas nacionales para mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas de una duración de tres años ("programas apícolas").

Con el fin de unificar los criterios y garantizar el correcto funcionamiento del régimen de ayudas según dicho marco jurídico por parte de los países de la Unión Europea que lo ejecutan, se publicó el Reglamento Delegado (UE) N.º 2015/1366, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas del sector de la apicultura.

Los citados Reglamentos establecen las normas de aplicación que rigen la ayuda concedida por la Unión a los programas nacionales para el sector de la apicultura a las que se refiere el Reglamento (UE)) n.º 1308/2013 anteriormente mencionado.

Los cambios introducidos por dichos Reglamentos en lo relativo a las medidas a incluir en los planes nacionales, su financiación y otras disposiciones de gestión y control, hizo necesaria modificar la regulación, en sede nacional, del régimen de concesión de ayudas para el fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel y los productos apícolas, así como definir las condiciones en que se produce la financiación del Estado. Dada la entidad de los cambios se optó, por seguridad jurídica, por aprobar el Real decreto 930/2017, de 27 de octubre (publicado el 31 de octubre de 2017 ) , por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas, y derogar el citado Real decreto 519/1999, de 26 de marzo.

La Orden 14/2017, de 5 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, ha venido estableciendo las bases reguladoras de las ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de miel en la Comunitat Valenciana de acuerdo con el régimen de concesión de ayudas, así como

las condiciones en que se produce la financiación del Estado que se recogió en el Real decreto 519/1999, de 26 de marzo.

La Orden 12/2018, de 29 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por el que se modifica la Orden 14/2017, de 5 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de miel en la Comunitat Valenciana, adapta las bases reguladoras de la ayuda a lo cambios establecidos en el Real Decreto 930/2017, sin embargo, dado que el aspecto en el cual se producen más cambios, es el relativo a los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y ponderación de estos de tal forma que se adoptan los criterios establecidos en el nuevo real decreto y se especifican los criterios en aquellos puntos en los cuales la normativa estatal permite a las comunidades autónomas ajustarlos a las particularidades de cada autonomía.

Esta nueva Orden tiene por objeto establecer y regular el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales conforme a las disposiciones establecidas en el Real Decreto 930/2017 por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y en particular, al recientemente aprobado para las campañas 2020, 2021 y 2022 según Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la comisión de 12 de junio de 2019 por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y comercialización de productos apícolas presentados por los Estados Miembros en virtud del Reglamento (UE) n1 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Se establece en esta Orden los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas, así como los criterios de baremación de las solicitudes, procedimiento de justificación y verificación de cumplimiento de obligaciones de los beneficiarios.

En la tramitación de esta norma se han respetado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

La competencia en relación con la gestión, resolución, pago y controles posteriores de las ayudas corresponde a la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, organismo pagador designado por Decreto 124/2006 del Consell, de 8 de septiembre, por el que se designa el Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la Política Agrícola Común en la Comunitat Valenciana y se establece su organización y funcionamiento, para dar cumplimiento a lo señalado en el 77.3 de la Ley 14/2005, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Financiera y Administrativa, y de Organización de la Generalitat en el que se establece que serán funciones de la Agencia la ejecución de las medidas de intervención y regulación de los mercados de productos agrarios en la Comunitat Valenciana, las que se realicen como consecuencia de su participación en el Organismo Pagador de las ayudas comunitarias en las que la Generalitat tenga la competencia de gestión, resolución y pago así como la gestión de todas aquellas medidas de fomento agrario que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus fines.

En la tramitación de esta norma se ha respetado el cumplimiento de los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, resultando su aprobación necesaria para permitir, en garantía del principio de seguridad jurídica, la adecuación al ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea en la materia, respetando asimismo su contenido, el principio de proporcionalidad previsto en el citado precepto.

Estas ayudas no están sujetas al artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en aplicación de artículo 211.2.a) del Reglamento UE núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, considerando del artículo 1.3 y 3.4 del Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas.

Por ello, de acuerdo con lo que disponen el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y el artículo 160.2.b y 165 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones,

a propuesta de la persona titular de la dirección general competente en materia de ganadería, vistos los informes preceptivos emitidos, el informe de Abogacía de la Generalitat, de la Intervención Delegada, habiéndose efectuado el trámite de audiencia, oídas las principales organizaciones agrarias y agrupaciones de apicultores en la Comunitat Valenciana, y oído el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.

ORDENO:

Artículo 1 Objeto

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a los titulares de explotaciones apícolas de la Comunitat Valenciana que realicen inversiones y actuaciones , de entre las definidas en el artículo 4, con objeto de mejorar la producción y comercialización de la miel durante los períodos comprendidos entre 2020 y 2022 que se señalen en las convocatorias, en virtud de lo establecido en el Reglamento (UE) N.º 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales.

Artículo 2 Definiciones

A los efectos de esta Orden serán aplicables las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR