ORDEN 24/2010, de 7 de julio, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para la mejora de mobiliario de las bibliotecas y agencias de lectura municipales de la Comunitat Valenciana.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN 24/2010, de 7 de julio, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para la mejora de mobiliario de las bibliotecas y agencias de lectura municipales de la Comunitat Valenciana. [2010/7905] La Generalitat tiene competencias plenas en materia de bibliotecas y de conformidad con la Ley 10/1986, de 30 de diciembre, de Organización Bibliotecaria de la Comunitat Valenciana, tiene entre sus objetivos la creación de la adecuada infraestructura bibliotecaria y la mejora permanente de los servicios bibliotecarios. Por todo ello, la Conselleria de Cultura y Deporte tiene el propósito de contribuir a la financiación de los gastos derivados de las mejoras de las instalaciones y del mobiliario de bibliotecas y agencias de lectura, y para cumplir con este objetivo quiere subvencionar a los ayuntamientos que mejoren dichas instalaciones.

En consecuencia, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, ORDENO Primero Convocar ayudas para la mejora de mobiliario de bibliotecas municipales y agencias de lectura y aprobar las bases de la presente convocatoria (anexo I), el modelo de instancia (anexo II) y el modelo de ficha de mantenimiento de terceros (anexo III).

Segundo Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.02.452.10.7, línea T2161000, denominada 'Ayudas mejora de mobiliario en Bibliotecas y Agencias de lectura municipales de la Comunitat Valenciana', por un importe máximo de 151.130 euros.

DISPOSICIONES FINALES Primera Se delega en la directora general del Libro, Archivos y Bibliotecas la facultad de resolver la concesión de estas subvenciones.

Segunda La presente orden producirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente...

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