DECRETO 31/2000, de 7 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Col·legi Públic d.Educació Infantil i Primària núm 50 de Alicante, por desglose del Col·legi Públic Voramar. [2000/X1867]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Ciencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 31/2000, de 7 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Col·legi Públic d.Educació Infantil i Primària núm 50 de Alicante, por desglose del Col·legi Públic Voramar. [2000/X1867] El Ayuntamiento de Alicante, en la sesión plenaria del día 12 de noviembre de 1992, puso a disposición de la Generalitat Valenciana una parcela de 7.400 m2 para la construcción de un centro de Educación General Básica. El 26 de mayo de 1999, previa declaración de emergencia, se contrata la ejecución de las obras de 6 unidades de Educación Infantil. Para atender las necesidades de escolarización detectadas en el distrito escolar AL.3210, la directora general de Centros Docentes, mediante Resolución de 18 de octubre de 1999, habilitó 5 unidades de Educación Infantil en el Col·legi Públic Voramar de Alicante. El Consejo Escolar Municipal de Alicante ha informado favorablemente la propuesta de creación de un nuevo centro por desglose del Col·legi Públic Voramar. La Inspección Educativa y la Dirección General de Centros Docentes han emitido informe favorable al respecto. La evolución de los datos de matrícula de los cursos escolares anteriores permiten efectuar previsiones de crecimiento de la demanda de puestos escolares en el distrito de la Albufereta-Condomina de la ciudad de Alicante y aconsejan la creación de un centro docente nuevo para atender dicha demanda. El inmueble cumple los requisitos exigidos por el Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, y en la Orden de 15 de mayo de 1992, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de proyectos de construcción de centros de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Secundaria Completa, de titularidad de la Generalitat Valenciana. Los maestros que tengan destino definitivo en el centro existente en la actualidad y que, como consecuencia del desglose se adscriban al centro creado por este decreto, mantendrán a todos los efectos la antigüedad que poseían en el centro de origen, en aplicación de lo establecido en la disposición adicional séptima del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, por el que se regula los concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los cuerpos docentes...

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