RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2005, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castellón, por la cual se convoca concurso de selección de profesorado contratado doctor. [2005/12334]    

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversitat Jaume I
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2005, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castellón por la cual se convoca concurso de selección de profesorado contratado doctor. [2005/12334]

Siendo necesaria la provisión de plazas vacantes de profesorado contratado doctor, relacionada en el anexo I de esta convocatoria, incluidas en la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I de Castellón y dotadas presupuestáriamente, este Rectorado resuelve convocar concurso de selección de acuerdo con las siguientes bases.

  1. Normas generales

    Este concurso se rige por lo dispuesto en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE de 24/12/2001); por el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno valenciano, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario (DOGV de 22/10/2002); por la Normativa para el desarrollo de los concursos de acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y de los concursos de selección de profesorado colaborador y contratado doctor de la Universitat Jaume I de Castellón (aprobada por el Consejo de Gobierno Provisional el 3 de octubre de 2003) (a partir de ahora, Normativa de la UJI); por las disposiciones que regulan el régimen de ingreso en la administración pública; por las restantes normas de aplicación general y por lo dispuesto en estas bases.

  2. Requisitos 2.1 De carácter general

    1. Tener cumplidos 18 años y no superar la edad de jubilación.

    2. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico exigido para cada figura. Si se han realizado los estudios fuera del estado español la titulación académica debe estar homologada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. Los candidatos con títulos de la Unión Europea deben presentar la homologación del título o la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de profesor o profesora de universidad.

    3. No padecer enfermedad o discapacidad física o psíquica que impida el ejercicio de las correspondientes funciones.

    4. No haber sido separado del servicio ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas o ejercer cargos o funciones declaradas incompatibles con la docencia. Así mismo, el ejercicio de las plazas convocadas queda sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deben estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

    5. Los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben poseer un conocimiento del español adecuado para el desarrollo de sus funciones.

    6. Los aspirantes que soliciten plazas con perfil de docencia en valenciano deben acreditar el nivel medio de conocimientos de valenciano.

    2.2 De carácter específico

    Para acceder a plazas de profesorado contratado doctor:

    Estar en posesión del título de doctorado con, al menos, tres años de actividad docente o investigadora postdoctoral, prioritariamente investigadora, evaluada positivamente por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o por la Comisión Valenciana de Acreditación y Evaluación de la Calidad.

    2.3 El cumplimento de estos requisitos para concursar se refiere siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en este concurso y se debe mantener hasta la fecha de formalización del contrato.

    2.4 La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente para el acceso del personal al servicio de las administraciones públicas se realizará por los concursantes que hayan obtenido plaza, antes de su contratación.

  3. Presentación de solicitudes

    3.1 Para tomar parte en los concursos las personas interesadas deben presentar la solicitud de participación que se indica en el anexo II de esta convocatoria, indicando el código de la plaza a la cual optan Las solicitudes se deben presentar en el Registro General de la Universitat Jaume I .edificio de Rectorado, campus del Riu Sec. Horario: de lunes a viernes, mañanas de 9 a 14 horas y tardes de 17 a 19 horas. o en los registros enumerados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Junto a la solicitud se debe presentar la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del documento nacional de identidad o, las personas que no poseen la nacionalidad española, el documento que acredita su identidad y fecha de nacimiento.

    2. Fotocopia del título académico exigido en la base 2.2, o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. Si se han realizado los estudios fuera del estado español se debe presentar la fotocopia de los documentos a que ser refiere la base 2.1.b.

    3. Fotocopia de la evaluación positiva o del informe favorable, según la plaza, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Comisión Valenciana de Acreditación y Evaluación de la Calidad.

    4. Resguardo original del ingreso de las tasas en concepto de admisión a pruebas. Estas tasas son de 24,28 euros, y se deben ingresar en la cuenta corriente número 3104549646 .Universitat Jaume I de Castellón. Derechos de examen. de Bancaja, entidad 2077, sucursal 0580. Además del nombre y los apellidos se debe indicar el número del documento nacional de identidad y el número de la plaza.

    Las instancias presentadas en las oficinas de correos deben cumplir el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los servicios de Correos: las instancias se deben presentar en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las solicitudes, y debe figurar claramente el nombre de la oficina y la fecha.

    3.2 Traducción de documentos

    Los documentos acreditativos de los requisitos presentados en un idioma distinto de los oficiales de la Universitat Jaume I se deben presentar acompañados de su traducción jurada a cualquiera de los idiomas oficiales de la Universitat Jaume I.

  4. Protección de datos personales

    Los datos de carácter personal recogidas en los documentos aportados por las personas que presenten la solicitud de participación quedarán incluidos en un fichero automatizado. La Universitat Jaume I se compromete a no hacer un uso distinto de los mismos para el que se han solicitado, de acuerdo con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos.

    La Universitat Jaume I informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y, en su caso, de oposición, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 15/1999. Estos derechos se deben ejercer por escrito ante la Secretaría General de esta Universidad.

  5. Relación de personas admitidas y excluidas

    5.1 Al finalizar el periodo de presentación de solicitudes, la Universidad publicará en la página web donde consta la convocatoria y en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, la relación provisional de personas admitidas y excluidas del concurso, con indicación de los motivos de exclusión, en su caso, indicando a las personas interesadas que, si no lo enmiendan en el plazo improrrogable de diez días hábiles, pierden su derecho.

    En cualquier caso, para evitar errores y para posibilitar su corrección en tiempo y forma, las personas aspirantes deben comprobar fehacientemente no solo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que, además, sus datos personales constan correctamente en la pertinente relación de personas admitidas.

    Las personas que dentro del plazo indicado no subsanen su exclusión o no aleguen su omisión serán definitivamente excluidas de la participación en las pruebas.

    5.2 Finalizado el plazo de reclamaciones se elevarán a definitivas las listas provisionales, con las modificaciones que procedan, la cual se publicará igualmente en la página web. Contra esta resolución se puede interponer recurso en los en los plazos que se preveen en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Es causa de exclusión, además de las señaladas en otros apartados de estas bases, la omisión de la firma en la solicitud.

    5.3 Las personas que resulten excluidas en la relación definitiva pueden solicitar el reintegro de las tasas mediante instancia dirigida al Rectorado. En la instancia deben indicar los datos bancarios donde se debe hacer efectiva la transferencia.

  6. Comisión de contratación

    6.1 Los concursos serán juzgados por las correspondientes comisiones de contratación, formadas de acuerdo con el artículo 17 de la Normativa para el desarrollo de los concursos de acceso de acceso a cuerpos de funcionarios docentes...

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