DECRETO 218/2010, de 30 de diciembre, del Consell, por el que aprueba la creación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Castellón, por segregación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valencia.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Justicia y Administraciones Publicas
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Constitución Española, en el artículo 149.1.18, reserva al estado la competencia sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, y en el artículo 36, prevé que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales. La legislación básica en esta materia, dictada por el estado, se encuentra recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, modificada por la Ley 74/1978, de 26 de diciembre, el Real Decretoley 5/1996, de 7 de junio, la Ley 7/1997, de 14 de abril, sobre Suelo y Colegios Profesionales, el Real Decreto-ley 6/1999, de 19 de abril, de medidas urgentes de liberalización e incremento de la competencia, por el Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios, y por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de Modificación de Diversas Leyes para su Adaptación a la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio.

Por su parte, el Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su artículo 49.1 22, confiere a la Generalitat competencia exclusiva en materia de colegios profesionales y ejercicio de profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

En ejercicio de estas competencias se promulgó la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, cuyo artículo 8.3 dispone que la modificación del ámbito territorial de un colegio por segregación, además de requerir el correspondiente acuerdo del colegio afectado, de conformidad con lo establecido en sus respectivos Estatutos, deberá ser aprobada por Decreto del Consell, previo informe del Consejo Valenciano de Colegios de la profesión respectiva.

El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valencia se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, con el número 15 de la Sección Primera, mediante asiento practicado por los órganos competentes de la Generalitat el 30 de junio de 1987.

La citada corporación presentó el 26 de enero de 2010 un escrito instando la creación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos...

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