ORDEN de 4 de julio de 2000, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se modifican los importes globales máximos asignables para el primer cuatrimestre del curso escolar 2000/2001 en la convocatoria de ayudas económicas destinadas a los centros docentes privados autorizados para impartir el segundo ciclo de Educación Infantil y a...

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura i Educacio
Rango de LeyOrden

ORDEN de 4 de julio de 2000, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se modifican los importes globales máximos asignables para el primer cuatrimestre del curso escolar 2000/2001 en la convocatoria de ayudas económicas destinadas a los centros docentes privados autorizados para impartir el segundo ciclo de Educación Infantil y a los centros docentes privados concertados autorizados para impartir la Educación Preescolar en la Comunidad Valenciana, en las modalidades general y restringida, para el citado curso escolar. [2000/6115] La Orden de 6 de abril de 2000, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia (DOGV nº 3.736, de 25 de abril), estableció el régimen de la convocatoria de ayudas económicas destinadas a los centros docentes privados autorizados para impartir el segundo ciclo de Educación Infantil y a los centros docentes privados concertados autorizados para impartir la Educación Preescolar en la Comunidad Valenciana, en las modalidades general y restringida, para el curso escolar 2000/2001. Los apartados 1 y 2 del artículo segundo de la citada orden establecían los importes globales máximos que podrían asignarse para estas ayudas en las modalidades general y restringida, respectivamente, para el primer cuatrimestre del curso escolar 2000/2001, cifrados en 573.052.133 PTA para la modalidad A (general) y en 254.773.032 PTA para la modalidad B (restringida), dotaciones financieras disponibles del total de las líneas de subvención 409 y 415 de la sección, servicio y programa 09.03.422.20 (Enseñanza Primaria) del Presupuesto de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2000, las cuales dan también cobertura al pago de las ayudas para el segundo y tercer cuatrimestres del curso 1999/2000, concedidas por resoluciones de 22 de julio de 1999, de la Dirección General de Centros Docentes (DOGV nº 3.574, de 2 de septiembre). Finalizado el proceso de tramitación de los expedientes de reintegro que se abrieron a determinados centros beneficiarios de las convocatorias del curso 1999/2000, existen créditos adicionales por importe de 3.154.392 PTA para la modalidad general y 712.200 PTA para la modalidad restringida, los cuales ya no estan afectados al pago de ayudas del curso 1999/2000 y que, por tanto, pueden ser incorporados como ampliación de los créditos inicialmente establecidos para la convocatoria del curso 2000/2001. Por todo ello, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de...

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