DECRETO 34/2004, de 5 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas ocurridas durante los últimos días del mes de febrero y los primeros del mes de marzo de 2004. [2004/X2454]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 34/2004, de 5 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen ayudas para paliar los daños producidos por las heladas ocurridas durante los últimos días del mes de febrero y los primeros del mes de marzo de 2004. [2004/X2454]

Durante los últimos días del mes de febrero y los primeros del mes de marzo de 2004, la Comunidad Valenciana se ha visto afectada por un fuerte descenso de las temperaturas, las cuales han causado importantes daños en numerosas especies agrícolas. El actual sistema de seguros agrarios presenta, entre sus coberturas, los daños ocasionados por las heladas, siempre que los daños se hayan producido durante el periodo de garantías, siendo que este siniestro ha tenido lugar cuando son numerosas las especies frutales para las que todavía no se han iniciado las garantías, con el consiguiente desamparo que ello supone para los titulares de las explotaciones agrarias afectadas.

Ante esta situación, el Consell de la Generalitat, tras el análisis de la información disponible en relación a los daños apreciados, y en espera de la evolución de los diversos cultivos afectados, ha decidido establecer una serie de medidas de carácter excepcional, consistentes en ayudas económicas que palien, en lo posible, los graves efectos producidos por las heladas y que permitan la recuperación económica de las explotaciones afectadas.

Por ello, a propuesta de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 5 de marzo de 2004, DECRETO

Artículo 1

El Consell de la Generalitat, por medio de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, concederá ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas que se han visto afectadas por las heladas ocurridas durante los últimos días del mes de febrero y los primeros del mes de marzo de 2004.

Artículo 2

Estas ayudas se concederán a aquellas explotaciones que acrediten poseer póliza de seguro en vigor, siempre que la cobertura por helada figure contratada para la actual campaña y el periodo de inicio de garantías del seguro no esté en vigor.

En aquellas especies, para las cuales no se haya iniciado el periodo de suscripción del seguro, les será de aplicación las ayudas establecidas en el presente Decreto, siempre que acrediten que durante el ejercicio 2003 han suscrito una póliza de seguro agrario donde el riesgo de helada...

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