RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2013, de la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial, por la cual se ordena la publicación de unas declaraciones de impacto ambiental de los términos municipales de Cirat y Chiva. Expedientes número 119/2005 AIA y 109/2008 AIA.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

De conformidad con el artículo 28 del Decreto 162/1990, de 15 de octubre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de impacto ambiental, el cual establece que una vez transcurrido el termino señalado en el artículo 26 sin que se hayan planteado discrepancias, y sin perjuicio de su notificación al titular, la declaración de impacto ambiental se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, resuelvo:

Artículo único

Publicar en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana las declaraciones de impacto ambiental correspondientes a los expedientes: 119/2005 AIA Cirat y 109/2008 AIA Chiva.

Declaración de impacto ambiental

Datos del expediente en el servicio de Evaluación de Ambiental Estratégica

Expediente: 119/2005-AIA.

Título: Plan General de Ordenación Urbana. Promotor: Ayuntamiento de Cirat (Castellón). Autoridad sustantiva: Ayuntamiento y CTU. Localización: término municipal de Cirat. Descripción del proyecto

1. Objeto de proyecto

Este plan general tiene por objeto sustituir el actual planeamiento basado en un plan de delimitación de suelo urbano, aprobado el 29 de noviembre de 1979, y definir las directrices de la estrategia de la evolución urbana y de ocupación de territorio para los próximos años.

2. Descripción de las características más relevantes del proyecto

2.1. Para realizar esta evaluación ambiental se ha utilizado la siguiente documentación:

- La documentación, tanto técnica como gráfica y el estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA), aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 21 de diciembre de 2007.

- Los planos Información 000, Información 001, Información 002, Información 003, Información 004, Ordenación 001, Ordenación 002, Ordenación 003, Ordenación 004, con fecha abril 2009, que anulan y sustituyen a los planos del mismo nombre o similares presentados con anterioridad, según escrito de los actuales redactores del planeamiento, de fecha 29 de abril de 2009.

2.2. Cirat es un municipio situado en la parte suroeste de la provincia de Castellón, en la comarca del Alto Mijares, cuyo núcleo urbano, Cirat, se encuentra a una altitud sobre el nivel del mar de 403 m. Además de Cirat pertenecen, al término municipal, el núcleo de El Tormo, El Collado, que es un núcleo de viviendas aisladas y algunos caseríos y edificios diseminados, hoy en ruinas.

2.3. El Término de Cirat, com una superficie de 4.110 Ha, limita con los términos de Ludiente, Torralba del Pinar, Higueras, Torrechiva, Fuentes de Ayodar, Montanejos y Arañuel.

2.4. El modelo territorial propuesto, básicamente, tiene como objetivo adaptarse al PORN de la sierra de Espadán, protegiendo las zonas clasificadas como áreas naturales, tratando como común las zonas clasificadas como de influencia antrópica, y proponiendo crecimientos urbanos entorno a los dos núcleos existentes y habitados, Cirat y El Tormo.

Por otra parte, y fuera de los objetivos del PORN, se clasifica como suelo urbanizable un lugar conocido como El Collado, que es un antiguo poblado asociado a la central eléctrica de Cirat, abandonado en la actualidad, proponiendo la recuperación y ampliación del mismo. Finalmente, se propone clasificar dicho enclave como suelo no urbanizable de protección para, posteriormente, rehabilitar lo existente mediante un plan especial.

2.5. Dentro del núcleo urbano de Cirat se han clasificado cuatro zonas, la zona A o casco antiguo, la zona B o ensanche, las zona C de edificación aislada y la zona D de edificación abierta. No obstante, en El Tormo solo se ha clasificado la zona A o Casco Antiguo.

2.6. Visto que el planeamiento vigente es un plan de delimitación de suelo urbano (en adelante PDSU) y que este no ha sido sometido nunca a un trámite de evaluación ambiental, se va a evaluar los nuevos desarrollos propuestos y aquellos suelos que, aún siendo urbanos, no se han desarrollando por lo que se mantienen en su estado natural.

2.7. De los datos presentados se obtiene el siguiente cuadro comparativo de superficies en m2, en el que se observa que los nuevos suelos supondrán un incremento del 15.5 %:

SU SUble

Total

Cirat El Tormo Cirat El Tormo

PDSU 130.589 34.964* ------- ----- 165.553

PGOU 130.589 44.161 16.526 ----- 191.276= 15.5 %

*Superficie que se ha obtenido a partir de la cartografía del Servicio de Información Territorial de la Conselleria de Medio Ambienta, Agua, Urbanismo y Vivienda.

2.8. El grado de consolidación de la edificación en suelo urbano, según el redactor del EsIA, es muy elevado, y está entorno al 85 %. Se entiende que el suelo urbano con este grado de colmatación es el referido al ámbito que recoge, estrictamente, la edificación antigua, puesto que las zonas C1 y D, tal y como se observa en la documentación están sin edificación, e incluso la zona C1 está sin urbanizar.

IX. Según el plan general propuesto el número máximo de viviendas previsto es de 889, que a 3.1 hab/vivienda, supone un techo poblacional de 3.650 habitantes, repartidos en el territorio según el siguiente cuadro:

Cirat El Tormo El Collado PGOU Núm viviendas 889 267 20 1.176

Habitantes 2.756 828 60 3.650

Por otra parte, el siguiente cuadro nos muestra el incremento poblacional en 10 años:

Por tanto, analizando estos últimos datos se observa que el crecimiento propuesto por el PGOU supondrá un incremento de población del 1.293 %, cuando la tendencia de crecimiento en los últimos 10 años ha sido decreciente en un -13%.

Visto lo anterior, se puede decir que la capacidad potencial de población es difícilmente alcanzable debido a que el comportamiento demográfico de la población es regresivo, como también lo reconoce el redactor del proyecto.

3. Alternativas

No se han presentado. No obstante, como resultado de las diferentes consultas realizadas y del procedimiento de evaluación ambiental se han introducido algunas modificaciones en el planeamiento.

La principal modificación introducida es la correspondiente al enclave del poblado El Collado, que en principio se planteaba como suelo urbanizable, pasando, finalmente a clasificarse como suelo no urbanizable de protección.

Tramitación administrativa

1. Admisión a trámite

En fecha 24 de agosto de 2004 tiene entrada, en el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, documentación técnica, relativa al PGOU de Cirat, con el objeto de solicitar la correspondiente declaración

2004 2005 2006 PGOU 281 272 262 -13% 3.650 1.293%

de impacto ambiental. Dicha documentación resulta incompleta por lo que no procede incoar el proceso de evaluación de impacto ambiental.

En fecha 27 de diciembre de 2004, este Servicio remite al Ayuntamiento de Cirat, solicitud y ampliación de documentación, en el que se le comunica que debe remitir: copia del estudio de impacto ambiental, certificado sobre el resultado de la información pública, adjuntando, en su caso, copia de todas las alegaciones presentadas, y un certificado sobre la aprobación provisional del plan general en tramitación.

En fecha 2 de agosto de 2005 tiene entrada, en el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, documentación complementaria compuesta por certificado de la aprobación provisional en el que se recoge el resultado de la información pública y copia de alegaciones presentadas durante el trámite de exposición pública.

En fecha 28 de septiembre de 2005 tiene entrada, en el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, escrito del Ayuntamiento de Cirat haciendo constar que el estudio de impacto ambiental se encuentra dentro del proyecto presentado, incoándose el correspondiente expediente de evaluación de impacto ambiental.

2. Información pública

La documentación del Plan General de Ordenación Urbana se expuso al público por plazo de un mes, según anuncios publicados en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de 23 de junio de 1998 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Durante el periodo de información pública se presentaron varias alegaciones según consta en el certificado emitido por el secretariointerventor del Servicio de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación Provincial de Castellón en funciones en el Ayuntamiento de Cirat, acompañado por la certificación de aprobación provisional del Pleno de fecha 17 de febrero de 2004.

3. Resumen de alegaciones

De las alegaciones presentadas las que tienen carácter ambiental son las siguientes:

- Incluir la fuente existente bajo los locales del ambulatorio del Tormo y la edificación conocida como Caseta del Pairón y su entorno en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos.

- Identificar en el plano real y verdaderamente las vías pecuarias, debiendo nombrarse cada una de ellas en el mismo y describir sus características en el documento mediante un apartado específico para su correcta identificación.

- Incluir en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos la definición de un área de influencia por cada edificio catalogado que garantice la protección ambiental e integral de su entorno.

En la documentación aportada no se ha presentado el escrito de respuesta a las alegaciones, no obstante, en el certificado de aprobación provisional se dice que han sido informadas por el técnico municipal y que el técnico redactor ha estimado o desestimado recogiéndolas en el plan.

4. Petición de información o documentación complementaria

Con fecha 12 de mayo de 2006 el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental solicita la siguiente documentación:

1. Completar el estudio de impacto ambiental en lo relativo a:

- Identificación y valoración de impactos.

- Establecimiento de medidas protectoras y correctoras.

- Programa de vigilancia ambiental.

- Documento síntesis.

- Cartografía de riesgos.

2. Completar la documentación técnica de proyecto:

- Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y de ocupación del territorio.

- Las normas urbanísticas relativas al suelo no urbanizable.

- Fichas de planeamiento de desarrollo y gestión.

- Catálogo de Bienes y de Espacios...

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