RESOLUCIÓN de 1 de noviembre de 2012, de la directora general de Innovación, Ordenación y Calidad Educativa, por la que se conceden 31 becas para la realización de prácticas profesionales en materia de asistencia lingüística en inglés en centros docentes dependientes de la Generalitat durante el ejercicio 2012-2013.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyResolución

Mediante la Orden 54/2012, de 9 de agosto, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo (DOCV núm. 6841, de 16.08.2012), se convocaron 329 becas para la realización de prácticas profesionales en materia de asistencia lingüística en inglés.

La dotación económica de cada una de las becas será de mil euros mensuales brutos. Existe consignación presupuestaria suficiente con cargo a la línea T78560000 de la aplicación presupuestaria 421.30, del capítulo IV, de los presupuestos de la Generalitat para 2012. Para el año 2013, la prórroga de las becas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de dicho ejercicio.

Una vez finalizado el proceso de selección y vistas las conclusiones de la Comisión Evaluadora, contenidas en el acta extendida al efecto, en la que se acuerda elaborar propuesta de resolución que contenga la relación de beneficiarios y beneficiarias de las becas, después de haberse baremado las solicitudes presentadas de acuerdo con la base novena de la Orden 54/2012, de 9 de agosto, y tras el pronunciamiento de la Comisión Evaluadora en relación a las alegaciones presentadas por los aspirantes.

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, y de conformidad con lo establecido en la base décima de la orden de convocatoria, resuelvo:

Único

Adjudicar las becas convocadas para la realización de prácticas profesionales a los beneficiarios que se relacionan en el anexo.

El período de disfrute de las becas será de siete meses, del 1 de noviembre de 2012 al 31 de mayo de 2013.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien recurso-contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su...

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