DECRETO 131/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se establece un Plan de protección integral fitosanitario para los palmerales de relevancia histórica, económica, social y cultural de la Comunidad Valenciana. [2003/X8499]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 131/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se establece un Plan de protección integral fitosanitario para los palmerales de relevancia histórica, económica, social y cultural de la Comunidad Valenciana. [2003/X8499]

Las plantaciones de palmeras en la Comunidad Valenciana son testimonio de un aspecto singular de la historia del pueblo valenciano. Existen en nuestro territorio conjuntos arbóreos de estas especies vegetales, especialmente, de la variedad Phoenix dactylifera L., considerados espacios singulares, sensibles y de alto valor histórico, económico, social y cultural, cuya preservación de daños y conservación para la posteridad, es una obligación de todos y, especialmente, de los poderes públicos. Dentro de nuestra Comunidad, la provincia de Alicante es rica en este tipo de espacios. El «Palmeral de Elche», declarado Patrimonio de la Humanidad, el .Palmeral de Orihuela., declarado Paisaje Pintoresco o el .Palmeral de Alicante., constituyen una buena muestra de ello.

La preocupación constante por su conservación se refleja en la pluralidad y diversidad de disposiciones legales de que han sido objeto, especialmente el .Palmeral de Elche., a partir del momento en que se han visto amenazados por procesos de transformación social y económica. Así, en relación con este espacio, el Decreto de 8 de marzo de 1933 declaraba de interés social la conservación de los huertos de palmeras de Elche, mientras que por Orden Ministerial de 28 de marzo de 1942 se creó el Patronato del .Palmeral de Elche.. Por su parte, la Generalitat, sobre la base de los valores que acogía el citado palmeral, promulgó la Ley 1/1986, de 9 de mayo, por la que se regula la tutela del Palmeral de Elche, norma ésta desarrollada por el Decreto 133/1986, de 10 de noviembre, del Consell de la Generalitat. Además, numerosos han sido los Decretos y Ordenanzas Municipales, que desde el plano cultural y urbanístico, han velado por la integridad y protección del palmeral.

La funcionalidad de las medidas protectores de estos espacios, a la vista de los riesgos fitosanitarios que pueden afectar la sanidad vegetal de los palmerales de nuestra Comunidad, requieren de un reforzamiento a través de un régimen de prevención, inspección y control que en este decreto hallan su regulación. Este régimen de protección fitosanitaria tiene por objetivo el control en la introducción y circulación de especies de palmeras foráneas en nuestra Comunidad y, fundamentalmente, en las áreas de influencia de los tres grandes palmerales de nuestra Comunidad, dada la incuestionable relación existente entre la introducción de dichas palmeras foráneas y la detección de plagas como la de la Paysandisia archon (Burmeister 1880), declarada de manera oficial por la Orden de 26 de mayo de 2003, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. En el plano estatal, la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Congreso de los Diputados, con fecha 27 de noviembre de 2002, aprobó una Proposición no de Ley en la que se insta al Gobierno a que .elabore y aplique un Plan de protección fitosanitario integral para el Palmeral de Elche y otros palmerales de la Comunidad Valenciana y sus zonas de influencia, en colaboración con el Gobierno de la Generalitat y los Ayuntamientos afectados..

En virtud de lo anterior, y, en aplicación de lo dispuesto por la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, sobre medidas de prevención y lucha contra las plagas a adoptar tanto por el Estado como por las Comunidades Autónomas, a propuesta de la consellera de Agricultura, Pesca y...

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