DECRETO 118/2006, de 28 de julio, del Consell, por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2006/2007. [2006/9300]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Empresa, Universidad y Ciencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 118/2006, de 28 de julio, del Consell, por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2006/2007. [2006/9300]

El artículo 81.3.b) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que las tasas académicas, en el caso de estudios conducentes a la obtención de un título de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, las fijará la Comunidad Autónoma dentro de los límites que establece el Consejo de Coordinación Universitaria. Para los otros estudios las fijará el correspondiente Consejo Social de la Universidad.

El Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, regula, en su título V, capítulo VI, las tasas por servicios académicos universitarios. El artículo 150.2 establece que sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 2, apartados 3 y 5, de esta Ley y a los efectos de la aplicación del cuadro de tarifas del apartado 1 anterior, el Consell podrá fijar anualmente los importes del mismo, dentro de los límites a tal efecto señalados por el Consejo de Universidades, así como introducir en él nuevas titulaciones o servicios universitarios susceptibles de ser retribuidos mediante la presente tasa.

En este contexto normativo, este decreto fija los importes que han de satisfacer los alumnos para la prestación del servicio público de la enseñanza universitaria, dentro de los límites establecidos por el Consejo de Coordinación Universitaria por Acuerdo de 30 de mayo de 2006.

En virtud de ello, en uso de la autorización otorgada por el artículo 150.2 del Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, con el conocimiento previo del Consejo Valenciano de Universidades, a propuesta del conseller de Empresa, Universidad y Ciencia y previa deliberación del Consell, en la reunión de 28 de julio de 2006, DECRETO

Artículo 1 1 Las tarifas aplicables para la determinación de la tasa por servicios académicos universitarios que se presten en el curso 2006/2007 serán...

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