DECRETO 120/2010, de 27 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer), aprobado por el Decreto 24/2007, de 23 de febrero.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorUniversidad Politecnica de Valencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 120/2010, de 27 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer), aprobado por el Decreto 24/2007, de 23 de febrero.

[2010/9479] PREÁMBULO I La Comunitat Valenciana celebra al año una media de 6.000 festejos de Bous al carrer. Esta fiesta, cuyos primeros antecedentes ciertos se remontan al siglo XIV, constituye uno de los referentes socio-culturales del pueblo valenciano.

De su arraigo y la tradición, da fe el hecho de que más de la mitad de las poblaciones de la Comunitat celebran este tipo de evento. Asimismo, la variedad de modalidades reflejan un sentir por el desarrollo de la fiesta y una evolución constante acorde con el devenir social de nuestra tierra.

El Decreto 24/2007, de 23 de febrero, del Consell, de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer) es, con toda probabilidad, una de las normas más avanzadas en su ámbito.

La apuesta por la seguridad, como elemento fundamental del festejo, queda reflejada en los requisitos necesarios para su autorización, en las condiciones exigidas durante el desarrollo del evento y en la acreditación de las mismas.

II Sin perjuicio de lo anterior, una de las características más destacadas del Decreto 24/2007, es el desarrollo normativo referente a los elementos de protección, cierre y delimitación, así como el relativo a las plazas de toros portátiles.

Las novedades introducidas al respecto, son, sin duda, uno de los elementos que más contribuyen a asentar el concepto de la seguridad dentro de un festejo de Bous al carrer. En este sentido, las aportaciones planteadas suponen avanzar en certidumbre, validación y desarrollo, siempre bajo la premisa del respeto a las tradiciones y costumbres de los distintos municipios de la Comunitat.

No obstante estas consideraciones, la realidad práctica y su diversidad han hecho que sea necesario plantearse la aclaración de ciertos supuestos y la ampliación de determinadas nociones con el fin de completar la referida ordenación.

Así, la distinción entre un recinto taurino respecto una plaza de toros...

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