DECRETO 129/2013, 27 de septiembre, del Consell, por el que se modifica la denominación del Instituto Universitario de Estudios Feministas y de Género (IUEFG), de la Universitat Jaume I de Castellón, creado por el Decreto 58/2009, de 17 de abril, del Consell.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto

El Instituto Universitario de Estudios Feministas y de Género, de la Universitat Jaume I de Castellón, fue creado por el Decreto 58/2009, de 17 de abril, del Consell.

La Universitat Jaume I de Castellón ha propuesto la modificación de la denominación del Instituto Universitario de Estudios Feministas y de Género (IUEFG), que pasaría a denominarse Instituto Universitario de Estudios Feministas y de Género Purificación Escribano (IUEFGPE), previo acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2013 e informe favorable del Consejo Social de fecha 26 de abril de 2013, de la citada universidad.

El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior, en el Pleno del día 18 de julio de 2013, ha tenido conocimiento de la solicitud de modificación de la denominación del citado instituto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2.b de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano.

Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 27 de septiembre de 2013,

DECRETO

Artículo único Modificación de denominación

Se modifica la denominación del Instituto Universitario de Estudios Feministas y de Género (IUEFG), que pasa a denominarse Instituto Universitario de Estudios Feministas y de Género Purificación Escribano (IUEFG-PE).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Limitación al gasto

La implementación y posterior desarrollo de este decreto no tendrá incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignada a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la Universitat Jaume I de Castellón.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Eficacia

El presente decreto tendrá efectos a partir del día...

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