ORDEN 8/2011, de 30 de marzo, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan normas para facilitar el derecho al voto en las elecciones locales y autonómicas, que tendrán lugar el día 22 de mayo de 2011, a los trabajadores por cuenta ajena que en tal fecha no disfruten de descanso semanal.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

Convocadas elecciones locales y autonómicas, mediante Real Decreto 424/2011, de 28 de marzo, (BOE número 75 de 29 de marzo de 2011), del Ministerio de la Presidencia, Decreto 31/2011, de 25 de marzo, del Consell, (BOE número 75 de 29 de marzo de 2011), y Decreto 2/2011, de 28 de marzo (BOE número 75 de 29 de marzo de 2011), procede dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, modificado por el Real Decreto 1382/2002, de 20 de diciembre, de regulación complementaria de procesos electorales, que establece, que las comunidades autónomas, previo acuerdo con los delegados del Gobierno, adoptarán las medidas precisas en relación con el horario laboral del día de las elecciones para que los electores que presten su trabajo en dicho día, puedan disponer de hasta cuatro horas libres retribuidas para el ejercicio del derecho al voto.

En consecuencia, recibidas las competencias en materia laboral en virtud del artículo 55.1 de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma Valenciana, modificado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Estatuto de Autonomía, en relación con el Real Decreto 4.105/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana, y de acuerdo con el Decreto 129/2007, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, previo acuerdo con la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana y a propuesta del Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalitat Valenciana, se adoptan las siguientes disposiciones respecto del horario laboral del día domingo 22 de mayo de 2011, y los permisos retribuidos correspondientes a los trabajadores que presten su trabajo en dicho día.

En su virtud,

ORDENO

Artículo único
  1. Permisos retribuidos para los trabajadores que participen como electores:

    1. Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales, o lo haga por un periodo inferior a dos horas: en estos supuestos no tendrán derecho a permiso retribuido.

    2. Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.

    3. ...

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