DECRETO 4/2004, de 16 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de la Excma. Diputación Provincial de Valencia. Generalitat, por el que se transfiere el Servicio de Planificación Familiar de dicha Diputación a la Generalitat, y se traspasan los correspondientes medios personales y materiales....

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 4/2004, de 16 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de la Excma. Diputación Provincial de Valencia. Generalitat, por el que se transfiere el Servicio de Planificación Familiar de dicha Diputación a la Generalitat, y se traspasan los correspondientes medios personales y materiales. [2004/X437]

En la Comunidad Valenciana existían Centros de Planificación Familiar dependientes de los Ayuntamientos y de la Diputación Provincial de Valencia que, junto con los de la Conselleria de Sanidad, completaban la red de servicios públicos de planificación familiar y sexualidad. Así, durante el año 2001 se realizaron las transferencias a la Generalitat de los Centros de Planificación Familiar dependientes de los Ayuntamientos, quedando pendientes los dependientes de la Diputación Provincial de Valencia.

La prestación de servicios en esta materia está regulada por el Decreto 149/1986, de 24 de noviembre, del Consell de la Generalitat, y las Órdenes de 31 de marzo de 1987 y 30 de enero de 1991, de la Conselleria de Sanidad y Consumo.

La Ley 8/1987, de 4 de diciembre, de la Generalitat, del Servicio Valenciano de Salud, establecía en su disposición transitoria tercera la integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo funcional único y la adscripción al Servicio Valenciano de Salud de los servicios y establecimientos sanitarios de las entidades locales que se transfieran a la Generalitat.

Asimismo, se disponía que dicha transferencia tendría lugar en el plazo de tres años a partir de la publicación de la citada Ley en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, si bien dicho plazo ha sido ampliado en las sucesivas Leyes de Presupuestos de la Generalitat y de Medidas Administrativas, siendo éstas la Ley 7/1990, de 28 de diciembre, Ley 7/1991, de 28 de diciembre, Ley 7/1992, de 28 de diciembre, Ley 6/1993, de 31 de diciembre y Ley 12/1994, de 28 de diciembre, de Medidas Administrativas y Modificación del Texto Refundido de la Ley de Tasas.

En la actualidad la Ley de la Generalitat 8/1987 ha sido derogada por la Ley 3/2003, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana, que establece que, en el plazo máximo de tres años, todas las instituciones sanitarias dependientes de las diputaciones y municipios se integrarán en la Agencia Valenciana de la Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

El Decreto 109/1988, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, se dictó para arbitrar las transferencias de las Corporaciones Locales a la Generalitat, estableciendo como instrumento para articularlas un convenio de colaboración entre ambas entidades que debe ser fruto de los acuerdos alcanzados por la Comisión Mixta de transferencias creada para tal fin. La referida Comisión ha estudiado el traspaso de los servicios y establecimientos sanitarios comprendidos en los Centros de Planificación Familiar dependientes de la Diputación Provincial de Valencia, resultando adecuado en el momento presente.

Habiéndose adoptado, en sesión 19 de noviembre de 2003, acuerdo sobre la transferencia de los Centros de Planificación Familiar dependientes de la Diputación Provincial de Valencia a la Generalitat...

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