ORDEN 45/2011, de 8 de junio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la estructura de las programaciones didácticas en la enseñanza básica.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 6.1 que se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en dicha Ley. En el artículo

6.3 se establece que los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55 por ciento de los horarios escolares para las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial y el 65 por ciento para aquéllas que no la tengan; mientras que el artículo 6.4 cita que las administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la citada Ley, del que formarán parte los aspectos básicos fijados por el Gobierno, y los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía. En este sentido, el artículo 121.1 indica que el proyecto educativo incorporará la concreción de los currículos establecidos por la administración educativa que corresponde fijar y aprobar al claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas, mientras que el artículo 121.3 cita que corresponde a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades del alumnado y del profesorado.

El Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, regulan los aspectos básicos del currículo en la enseñanza básica.

A su vez, la administración educativa de la Comunitat Valenciana ha establecido los currículos de la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria, respectivamente, mediante el Decreto 111/2007, de 20 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunitat Valenciana, y el Decreto 112/2007, de 20 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunitat Valenciana.

El Decreto 233/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, en su artículo 78, atribuye a los equipos de ciclo la función de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo educativo. Así mismo, en los artículos 83 y 89, establece como responsable de la redacción del proyecto curricular a la Comisión de Coordinación Pedagógica.

El Decreto 234/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de los Institutos de Educación Secundaria, en su artículo 88, atribuye a los departamentos didácticos la organización y desarrollo de las enseñanzas propias de las áreas o materias, y en el artículo 90.3 señala que es competencia de éstos la elaboración, antes del comienzo del curso académico, de la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas o materias integradas en el departamento, bajo la coordinación y...

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