DECRETO 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación. [2009/5938] ÍNDICE Preámbulo Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito Artículo 2. Finalidades y principios de actuación Artículo 3. Competencias Artículo 4. Programa de conservación de flora valenciana Artículo 5. Información general de la flora Capítulo II. Categorías de protección Artículo 6. Categorías y directrices interpretativas Artículo 7. Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas Artículo 8. Catalogación, descatalogación y cambio de categoría Artículo 9. Planes para táxones catalogados Artículo 10. Táxones protegidos no catalogados Artículo 11. Táxones vigilados Artículo 12. Programas de reintroducción de táxones aparentemente extintos Artículo 13. Protección de los táxones silvestres Artículo 14. Levantamiento excepcional de las prohibiciones Artículo 15. Autorizaciones Artículo 16. Trámite y resolución Artículo 17. Aprovechamientos de táxones sometidos a limitación especial en montes o terrenos forestales Capítulo III. Sitios protegidos para la flora silvestre Artículo 18. Microrreservas de flora Artículo 19. Hábitats protegidos Artículo 20. Terrenos forestales de interés botánico Capítulo IV. Prevención de daños a la flora Artículo 21. Prevención de daños Capítulo V. Complemento científico y seguimiento de la conservación Artículo 22. Consejo Científico Asesor de Flora Silvestre Artículo 23. Banco de Germoplasma de Flora Silvestre Valenciana Artículo 24. Banco de Semillas Forestales de la Comunitat Valenciana Artículo 25. Colaboradores en conservación de flora silvestre Artículo 26. Unidades de conservación ex situ Capítulo VI. Disposiciones sancionadoras Artículo 27. Marco jurídico Artículo 28. Procedimiento sancionador Disposición adicional primera. Disponibilidad de material vivo Disposición adicional segunda. Disponibilidad de material en colecciones científicas Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposición final primera. Modificación normativa Disposición final segunda. Ampliación de anexos para algas y plantas no vasculares Disposición final tercera. Entrada en vigor Anexo I. Especies del Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas Anexo II. Especies protegidas no catalogadas Anexo III. Especies vigiladas Anexo IV. Hábitats protegidos La Comunitat Valenciana es una de las regiones con mayor riqueza florística de Europa, lo que, unido al elevado número de endemismos que alberga, pone de relieve su singularidad científica y su interés conservacionista. Su elevada diversidad paisajística, derivada del amplio gradiente de variables ambientales y del uso tradicional por parte del hombre, ha generado un rico mosaico de hábitats que, en muchos casos, sustenta una flora especializada y única. Además, la flora valenciana está vinculada a las tradiciones del pueblo valenciano (gastronomía, folclore, lenguaje, toponimia, arte, usos ceremoniales o religiosos, simbología).

La flora de la Comunitat Valenciana está integrada por más de 5.000 táxones, que en su mayoría crecen en terrenos naturales o seminaturales. Entre las plantas vasculares, se conocen unos 3.200 táxones, de los que en torno a 370 son endemismos de la Península Ibérica o íbero-baleáricos. Entre ellos, 64 son exclusivos de nuestras tierras, por lo que la responsabilidad de su conservación recae íntegramente en el pueblo valenciano. También son abundantes los táxones relictos y los arqueófitos, ligados a usos tradicionales del territorio ya desaparecidos o en declive. En términos generales, se considera que muchos de estos táxones se encuentran muy amenazados y, en su mayoría, requieren medidas de protección legal. En otros casos, como ocurre con las plantas ligadas a ambientes alterados por el hombre, los marcos habituales de protección legal les resultan perjudiciales, por lo que su conservación puede depender del mantenimiento de usos tradicionales del territorio.

La concienciación social en materia de conservación de la naturaleza y, en particular de la flora silvestre, se ha incrementado sensiblemente. Ha sucedido lo mismo con las infraestructuras científicas y técnicas implicadas directa o indirectamente en la preservación de la flora valenciana. Esta situación plantea nuevas necesidades que requieren un apoyo normativo que reconozca el trabajo que desarrollan y que incorpore la preservación de la flora valenciana al modelo dominante en la Unión Europea, en el que los centros de investigación participan en la toma de decisiones sobre las operaciones de conservación y en la responsabilidad ulterior sobre éstas. Un aspecto sustancial de este avance se plasma en la creación del Banco de Datos de la Biodiversidad (BDB) y del Centro para la Investigación y Experimentación Forestal de la Comunitat Valenciana (CIEF), que canalizan iniciativas de información y de proyectos I+D, y desarrollarán un papel primordial para la conservación activa de la flora silvestre valenciana.

Por otra parte, la vigente Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, crea el Listado de Especies Silvestres de Protección Especial, en cuyo seno se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas, con dos categorías de protección y los instrumentos de planificación de las actuaciones de conservación para los táxones amenazados: planes de recuperación y planes de conservación. La Ley autoriza a las Comunidades Autónomas a establecer listados y catálogos equivalentes para su ámbito territorial y a establecer otros regímenes específicos de protección.

Para la clasificación de los táxones en las diferentes categorías de protección de este decreto se han aplicado los criterios orientadores para la inclusión de táxones y poblaciones en catálogos de especies amenazadas aprobados en 2004 por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza y publicados por el Ministerio de Medio Ambiente.

No obstante, la conservación de la flora no debe restringirse a un marco regulador que pivote exclusivamente sobre las limitaciones de uso o afectación y los mecanismos punitivos que pueden aplicarse en caso de infracción. Para muchos táxones, el cese o evitación de las actuaciones o factores externos que motivan su retroceso no impide detenerlo; por el contrario, muchos de ellos requieren medidas complementarias fuera del hábitat natural donde viven, en bancos de germoplasma o de tejidos vegetales.

Por otro lado, la experiencia acumulada en protección y gestión activa de pequeños enclaves para la conservación vegetal, mediante la figura de la microrreserva vegetal, creada por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR